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DECRETO 4129 DE 2005

(noviembre 16)

Diario Oficial No. 46.095 de 17 de noviembre de 2005

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

Por el cual se dictan disposiciones en materia salarial.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley de 1992,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Los empleados públicos de las Empresas Sociales del Estado, escindidas del Instituto de Seguros Sociales mediante Decreto 1750 de 2003, que ocupan empleos del nivel ejecutivo y que en virtud de los ajustes a las plantas de personal, con ocasión del mandato del Decreto 770 de 2005, fueren incorporados a un empleo al cual corresponde una asignación básica mensual inferior a la que venían percibiendo, continuarán con la asignación básica del empleo del nivel ejecutivo que traían, hasta que se retiren del servicio o cambien de empleo.

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ARTÍCULO 2o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.


Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 16 de noviembre de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

FERNANDO GRILLO RUBIANO.

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"Normograma - Colpensiones - Administradora Colombiana de Pensiones"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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