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COLPENSIONES: DOCUMENTO 01
LLEGO COLPENSIONES Y CON ELLA, EL REGIMEN DE PRIMA MEDIA CON PRESTACIÓN DEFINIDA (RPM).
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- El formulario de afiliación lo puedes obtener en los Puntos CP o en el portal www.colpensiones.gov.co, formulario descargable.
Documentos para afiliarte al RPM:
Si eres Dependiente:
- Diligencia el formulario de vinculación
- Hazlo firmar por tu empleador o la persona designada para ello en la empresa que laboras. Recuerda que tu también debes firmarlo
- Fotocopia del documento de identificación del afiliado.
- Radica los documentos en cualquier Punto CP
Si eres Independiente:
- Diligencia y firma el formulario de vinculación
- Fotocopia del documento de identificación
- Radica los documentos en cualquier Punto CP
COMO REALIZAR EL PAGO DE TUS APORTES.
- Cuentas con 23 operadores, inscritos en el Ministerio de la Protección Social
- Elije el que más te convenga. Todos los operadores tienen conexión con todos los bancos.
- Los operadores que actualmente están prestando el servicio, en orden alfabético, son los siguientes:
| OPERADOR | PÁGINA WEB | TELÉFONOS |
| Asocajas | www.asocajas.org.co | Línea nacional: 018000121260 o Bogotá 4875111 |
| Banco Agrario | www.bancoagrario.gov.co | Línea nacional: 018000915000 o Bogotá 5948500 |
| Compensar | www.miplanilla.com | Línea nacional: 018000117006 o Bogotá 3077006 |
| Coomeva | www.coomeva.com.co | 018000110779-018000930779 |
| Enlace Operativo | www.enlaceoperativo.com | Barranquilla 3852444 Bogotá 4854485 Cali 4859444 Medellín 6042727 o 4482727 |
| Fedecajas | www.fedecajas.com | 018000118466-018000125499 Línea Nacional o 2328771/8772/8773 Bogotá |
| Aportes en línea | www.aportesenlinea.com | Línea Nacional 018000524448 Bogotá 4198888 |
| Pago simple | www.pagosimple.com | Fonosimple (mesa de ayuda) Barranquilla 3618850 Medellín 5146669 Bogotá 3432949 Cali 5540515 Planilla asistida Telefónica PAT: Barranquilla 3618850 Medellín 5146669 Bogotá 4446634-3489630 Cali 5546577 |
| Banco de Bogotá | www.bancodebogota.com.co | |
| Banco Popular | www.bancopopular.com.co | |
| Banco Santander | www.bancosantander.com.co | |
| Bancolombia | www.bancolombia.com.co | |
| Citibank | www.citibank.com.co | |
| Banistmo | www.banitsmo.com.co | |
| Banco GNB Sudameris | www.gnbsudameris.com.co | Para Planilla Electrónica: Línea Bogotá 4049050 Línea Medellín 3848200 Línea Nacional 018000110764 Para planilla asisLínea Bogotá 4048364 Línea Nacional 018000111764 |
| BBVA | www.bbva.com.co | |
| Banco de Crédito | www.bancodecredito.com.co | |
| Multibanca Colpatria | www.colpatria.com | |
| Banco de Occidente | www.bancodeoccidente.com.co | |
| Banco Caja Social | www.bancocajasocial.com.co | |
| Gran Banco | www.bancafe.com.co | |
| Banco Davivienda | www.davivienda.com | |
| AV Villas | www.bancoavvillas.com | |
ASPECTOS IMPORTANTES DE TODO TU INTERÉS, PARA EL PAGO DE APORTES.
- Recuerda que la Planilla Única de Liquidación de Aportes (PILA), puede ser Electrónica o Asistida. Esta última solo aplica para empresas de menos de 30 trabajadores o para trabajadores independientes.
- Ten en cuenta que las fechas de pago dependen de los dos últimos dígitos de tu cédula (para independientes) o Nit. (para empleadores)
- Si eres trabajador dependiente, tu empleador debe realizar el pago mes vencido, es decir, el empleador o la empresa los hará al mes siguiente del período que está cubriendo.
- Si eres trabajador independiente, el pago lo debes hacer mes anticipado.
| DOS ULTIMOS DIGITOS DEL NIT. O C.C. | DIA HÁBIL DE VENCIMIENTO |
| 00 al 07 | 1 |
| 08 al 14 | 2 |
| 15 al 21 | 3 |
| 22 al 28 | 4 |
| 29 al 35 | 5 |
| 36 al 42 | 6 |
| 43 al 49 | 7 |
| 50 al 56 | 8 |
| 57 al 63 | 9 |
| 64 al 69 | 10 |
| 70 al 75 | 11 |
| 76 al 81 | 12 |
| 82 al 87 | 13 |
| 88 al 93 | 14 |
| 94 al 99 | 15 |
- Debes tener en cuenta que el salario base de cotización no podrá ser menor a un salario mínimo legal mensual vigente, ni superior a 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Recuerda que si el empleado o el trabajador independiente recibe salario o ingreso superior a 4 salarios mínimos legales mensuales, debe pagarse el aporte al Fondo de Solidaridad Pensional, equivalente al 1% del Ingreso base de cotización a su cargo. Si además la persona recibe salario o ingreso igual a 16 Salarios mínimos el valor del aporte al Fondo de Solidaridad Pensional se incrementa, así:
| No. De salarios mensuales legales vigentes | Ingreso base de cotización para el año 2011 | % de aporte | % Fondo de solidaridad pensional | Valor aporte |
| 1 | 535.600 | 16% | 0.00% | 85.696 |
| 2 | 1.071.200 | 16% | 0.00% | 171.392 |
| 3 | 1.606.800 | 16% | 0.00% | 257.088 |
| 4 | 2.142.400 | 16% | 1.00% | 342.784 |
| 5 | 2.678.000 | 16% | 1.00% | 428.480 |
| 6 | 3.213.600 | 16% | 1.00% | 514.176 |
| 7 | 3.749.200 | 16% | 1.00% | 599.872 |
| 8 | 4.284.800 | 16% | 1.00% | 685.568 |
| 9 | 4.820.400 | 16% | 1.00% | 771.264 |
| 10 | 5.356.000 | 16% | 1.00% | 856.960 |
| 11 | 5.891.600 | 16% | 1.00% | 942.656 |
| 12 | 6.427.200 | 16% | 1.00% | 1.028.352 |
| 13 | 6.962.800 | 16% | 1.00% | 1.114.048 |
| 14 | 7.498.400 | 16% | 1.00% | 1.199.744 |
| 15 | 8.034.000 | 16% | 1.00% | 1.285.440 |
| 16 | 8.569.600 | 16% | 1.20% | 1.371.136 |
| 17 | 9.105.200 | 16% | 1.20% | 1.456.832 |
| 18 | 9.640.800 | 16% | 1.40% | 1.542.528 |
| 19 | 10.176.400 | 16% | 1.60% | 1.628.224 |
| 20 | 10.712.000 | 16% | 1.80% | 1.713.920 |
| 21 | 11.247.600 | 16% | 2.00% | 1.799.616 |
| 22 | 11.783.200 | 16% | 2.00% | 1.885.312 |
| 23 | 12.318.800 | 16% | 2.00% | 1.971.008 |
| 24 | 12.854.400 | 16% | 2.00% | 2.056.704 |
| 25 | 13.390.000 | 16% | 2.00% | 2.142.400 |
- Adicionalmente, debes tener en cuenta que la base de cotización para Pensiones y Salud debe ser la misma.
- La planilla automaticamente liquida los intereses de mora. El interés que se aplica es la misma tasa de usura para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, tasa que opera para los casos de mora en el pago de los aportes en Seguridad Social Integral.
- Para trabajadores con Salario Integral, la cotización de los trabajadores, se calculará sobre el 70% de dicho salario.
PARA ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO.
Si desarrollas actividades de alto riesgo:
- Trabajadores mineros que presten su servicio en socavones o su labor sea subterránea.
- Trabajadores dedicados a actividades que impliquen exposición a altas temperaturas por encima de los valores límites permisibles, determinados por las normas técnicas de salud ocupacional.
- Trabajadores expuestos a radiaciones ionizantes y;
- Trabajadores expuestos o que operen sustancias comprobadamente cancerígenas
- Trabajadores de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil o la entidad que haga sus veces, que realicen actividades de técnicos aeronáuticos con funciones de controladores de tránsito aéreo, con licencia expedida o reconocida por la Oficina de Registro de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, de conformidad con las normas vigentes
- En los Cuerpos de Bomberos, la actividad relacionada con la función específica de actuar en operaciones de extinción de incendios
- En el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, la actividad del personal dedicado a la custodia y vigilancia de los internos en los centros de reclusión carcelaria, durante el tiempo en el que ejecuten dicha labor. Así mismo, el personal que labore en las actividades antes señaladas en otros establecimientos carcelarios, con excepción de aquellos administrados por la fuerza pública
Tu empleador debe efectuar una cotización especial adicional a la prevista en la Ley 100 de 1993:
- A partir del 23 de junio de 1994 hasta el 27 de julio de 2003, 6% adicional a cargo del empleador
- 10% adicional, a partir del 28 de julio de 2003 a la fecha
- Para ingresar al módulo de preafiliación debes dar clic en el siguiente vinculo: preafiliación RPM
- A través de éste módulo sabrás de manera inmediata si tu afiliación es viable para el RPM
- En caso de ser viable, podrás imprimir el formulario para que lo diligencies y lo firmes conjuntamente con tu empleador. Lo debes presentar en el Punto CP más cercano, máximo al tercer día hábil de haber efectuado la preafiliación.
- La pre-afiliación NO reemplaza la solicitud de afiliación NI la solicitud de intención de traslado.
- Si tienes la intención de trasladarte del Fondo privado o vincularte al RPM por primera vez, acude a este servicio para validar si es viable el traslado, y posteriormente poderte afiliar al RPM
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