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COLPENSIONES: DOCUMENTO 23

PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES PARA HIJOS (AS).

Si tu Padre y/o madre falleció y era pensionado (a) o afiliado (a) al RPM, Colpensiones te dará la tranquilidad que en estos momentos necesitas.

DEBES TENER EN CUENTA LOS SIGUIENTES REQUISITOS:.

1. Ser hijo (a) del pensionado (a) fallecido (a) y/o,

2. Ser hijo (a) del afiliado (a) fallecido (a), siempre y cuando éste hubiere cotizado cincuenta (50) semanas dentro de los tres últimos años inmediatamente anteriores al fallecimiento.

Concordancias

Y REUNIR LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN DEL AFILIADO Y/O PENSIONADO FALLECIDO:.

  • Registro civil de defunción del pensionado (a) y/o afiliado (a) fallecido (a)
  • Si el afiliado (a) fallecido (a) nació antes del 15 de junio de 1938, necesitas presentar la partida eclesiástica de bautismo en original
  • Si el afiliado fallecido nació después del 15 de junio de 1938, necesitas registro civil de nacimiento (no superior a 3 meses)
  • Fotocopia ampliada al 150% de la cédula de ciudadanía o de extranjería del afiliado fallecido. Debes tener en cuenta que:

a. La huella dactilar debe ser nítida, clara y sin enmendaduras.

b. Los datos deben coincidir con los del registro civil o los de la partida de bautismo. exceptuándose las mujeres que optaron por registrarse con su apellido de casada.

c. Si no coinciden los datos, debes solicitar corrección ante la entidad que expidió el documento o presentar la contraseña de que el documento está en trámite expedida por la entidad competente.

  • Anexar Certificado de vinculación a la EPS hasta la fecha de radicación de la solicitud prestacional.
  • En el evento que no te encuentres afiliado, ni como cotizante ni como beneficiario a EPS alguna, debes diligenciar el formulario vinculación EPS con el fin de girar los descuentos por salud, a partir del ingreso a nómina de pensionados.
  • Si tu solicitud la vas a realizar a través de apoderado (abogado) debes anexar copia del poder con la debida presentación personal ante notario o cónsul según sea el caso, junto con fotocopia de la cédula de ciudadanía y tarjeta profesional.
  • Si tu solicitud la vas a realizar por persona autorizada, debes anexar copia de autorización otorgada ante Notario o cónsul según sea el caso, junto con la fotocopia de la cédula de ciudadanía y certificado de supervivencia
  • Si has sido declarado interdicto (declaración de incapacidad de determinados actos de la vida civil, privando a la persona de la administraciónde su personay bienes), necesitas Curador (representante para los actos de la vida civil de una persona declarada incapaz en razón de un déficit de sus facultades mentales), para lo cual debes allegar copia auténtica de la Sentencia provisional o definitiva de interdicción junto con el acta de discernimiento del cargo por parte del curador o representante legal del beneficiario, con su respectiva anotación en el registro civil de nacimiento.
  • Declaración de no estar afiliado a otra administradora de pensiones y de no estar tramitando ningún otro tipo de pensión.
  • Los hijos mayores de edad y hasta los 25 años deben aportar certificado de estudios en donde se detalle la aprobación del establecimiento educativo por parte del Ministerio de Educación Nacional, el tipo de educación impartida y la intensidad horaria semanal, la cual no debe ser inferior a 20 horas semanales
  • Los hijos que padezcan una invalidez presentarán dictamen médico laboral emitido por el área de Medicina Laboral de Colpensiones, con la manifestación de conformidad del mismo.
  • En el evento de existir inconformidad con el dictamen proferido por Medicina Laboral de Colpensiones se deberá anexar el dictamen emitido por la Junta Regional de Calificación de Invalidez y en caso de haberse interpuesto recurso contra éste deberá presentarse dictamen de la Junta Nacional de Calificación de Invalidez debidamente ejecutoriado.

Una vez reúnas los documentos relacionados anteriormente, acércate a nuestros Puntos CP, el más cercano a tu residencia:

OFICINAS COLPENSIONES.

ZONANo. DE OFICINAS
BOGOTA10
CENTRO12
ANTIOQUIA9
OCCIDENTE12
COSTA ATLÁNTICA10
SUR5
EJE CAFETERO3
SANTANDERES6

 y:

  • Entrega en el Punto CP la documentación completa
  • Luego procederemos a digitalizar la información y tomaremos tu huella
  • Finalmente te haremos entrega de una comunicación como constancia de radicación y que el trámite de tu solicitud ha iniciado

Ahora sí, podremos iniciar a trabajar para satisfacer tu necesidad, de tener tu PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES PARA HIJOS.

Entonces que hará Colpensiones con tu solicitud?

ESTUDIARLA Y ANALIZARLA.

  • Los documentos radicados serán estudiados por Colpensiones, a la luz de la legislación que corresponda. Si durante el estudio se hace necesario que allegues una prueba, te lo haremos saber y conocer a través de la dirección registrada o a tu correo electrónico.
  • Si deseas saber en qué trámite esta tu solicitud puedes llamar a la línea gratuita nacional xxxxxxxx o a través de la página web de Colpensiones

Una vez resuelta tu solicitud, el paso a seguir es entregarte tu Resolución por medio de la cual conocerás el beneficio al cual tienes derecho.

Y ahora sí, llego el momento esperado, cobrar tu pensión

Colpensiones ordenara el pago a que hay lugar, conforme lo resuelto en la resolución que te entregamos, a través de la entidad bancaria y el número de cuenta que se especifica en la respectiva resolución.

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma - Colpensiones - Administradora Colombiana de Pensiones"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 5 de febrero de 2021 - Diario Oficial No. 51567 - Enero 24 de 2021

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