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FICHA DE ANÁLISIS No. 284

IDENTIFICACIÓN DE LA SENTENCIA

Tribunal de origen Corte Suprema de Justicia, Sala LaboralIdentificación de la sentencia 35937
Ponente CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE
Tipo de acción o recurso CasaciónTipo de decisión No casa.
Norma demanda No aplica.
Hechos relevantes Una persona en calidad de cónyuge supérstite demandó a varias empresas privadas (en las calidades de empleador, dueño de obra y contratista) para que se reconociera la relación laboral que el cónyuge fallecido tuvo con cada una de ellas y por consiguiente se le reconociera las prestaciones legales a las que tenía derecho.
Clase de interpretación Interpretación del acto jurídico demandado a la luz de la ConstituciónNorma aplicable Ley 16 de 1969, artículo 7
Precedentes a Considerar Corte Suprema de Justicia, radicado 29684 del 8 de agosto de 2007 Decisiones posteriores a considerar No aplica
Tema Casación. Prueba indiciaria
Subtema No aplica

ANÁLISIS DEL CASO.

PROBLEMA JURÍDICO.

¿Se puede demostrar un error de hecho en casación controvirtiendo una prueba indiciaria?

REGLA.

No, por no ser los indicios prueba calificada para demostrar un error de hecho, a la luz de la restricción prevista en el artículo 7o de la Ley 16 de 1969.

RATIO DECIDENDI [TEXTUAL].

Prueba indiciaria

“(…) lo que se traduce a que dicho Juzgador de segundo grado arribó a su convencimiento a través de la prueba indiciaria, entendiéndose por indicio “un hecho del cual se infiere lógicamente la existencia de otro hecho, o en definición más compleja, es un juicio lógico mediante el cual se aplica una regla de experiencia a un hecho conocido para llegar a otro desconocido” ( Sentencia del 8 de agosto de 2007 radicado 29684), lo cual no es posible examinar en casación por no ser los indicios prueba calificada para demostrar un error de hecho, a la luz de la restricción prevista en el artículo 7o de la Ley 16 de 1969. (…)”

PARTE RESOLUTIVA.

NO CASA la sentencia proferida el 30 de enero de 2008, por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, D.C., en el proceso ordinario adelantado por MARÍA HILDA ACOSTA LOSADA contra VICENTE VILLABÓN BENÍTEZ y OTROS.

Las costas del recurso de casación, en la forma indicada en la parte motiva de este proveído.

SALVAMENTO O ACLARACIÓN DE VOTO.

Ninguno.

ELEMENTOS COMPLEMENTARIOS.

OBITER DICTA [TEXTUAL].

Ninguno.

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma - Colpensiones - Administradora Colombiana de Pensiones"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de diciembre de 2020
Fecha de Diario Oficial: Diciembre 13 de 2020 (No. 51527)

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