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RESOLUCIÓN 1890 DE 2015
(agosto 4)
Diario Oficial No. 49.610 de 20 de agosto de 2015
AERONÁUTICA CIVIL
Por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, para los empleos del Nivel de Inspector de Seguridad de la Aviación Civil.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL,
en uso de sus facultades legales y, en especial, las conferidas en el artículo 9o, numeral 14 del Decreto número 260 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto número 2157 del 27 de octubre de 2014 creó el Nivel de Inspector de Seguridad de la Aviación Civil, el cual comprende los empleos que exigen la aplicación de conocimientos técnicos para el desempeño de funciones calificadas en asuntos de vigilancia, evaluación y control de calidad del sistema de seguridad de la aviación civil y estableció los requisitos para el ejercicio de los cargos de Inspector de Seguridad de la Aviación, sin perjuicio de los exigidos en el Manual de Funciones y Requisitos adoptados por la entidad.
Que el Decreto número 2159 del 27 de octubre de 2014 creó en la planta de personal los empleos de Inspector de Seguridad de la Aviación Civil Nivel 53, en los Grados 30 y 33.
Que el Decreto 1785 de 2014, establece las funciones y los requisitos generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de los organismos y entidades del orden nacional y otras disposiciones.
Que el artículo 31 del señalado Decreto número 1785, establece los lineamientos para los sistemas especiales de nomenclatura y clasificación de empleos que no se rigen por la precitada norma, cuando se trate de elaborar, actualizar, o modificar sus manuales específicos, sin perjuicio de sus disposiciones específicas sobre la materia.
En mérito de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adoptar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, para los empleos de Inspector de Seguridad de la Aviación Civil Nivel 53, en los Grados 30 y 33, creados por el Decreto número 2159 del 27 de octubre de 2014, de la planta global de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, de conformidad con el documento anexo, el cual forma parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D.C., a 4 de agosto de 2015.
El Director General,
GUSTAVO ALBERTO LENIS STEFFENS.
El Secretario General,
SANTIAGO VALDERRAMA PÉREZ.
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES.
I. IDENTIFICACIÓN
| Nivel I | Inspector de Seguridad de la Aviación Civil |
| Denominación del empleo | Inspector de Seguridad de la Aviación Civil |
| Nivel II | 53 |
| Grado | 30 |
| Número de cargos | 10 |
| Dependencia | Donde se ubique el cargo |
| Cargo del Jefe Inmediato | Quien ejerza la supervisión directa |
II. ÁREA FUNCIONAL
Secretaría de Seguridad Aérea
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
Aplicar y ejecutar las actividades de certificación, inspección, seguimiento y vigilancia orientadas a la protección de la seguridad operacional en los temas de aeródromos y servicios aeroportuarios.
IV. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Proyectar los programas anuales y procedimientos de certificación, inspección, seguimiento y vigilancia de aeródromos de operación nacional o regional colombianos.
2. Ejecutar los programas anuales y procedimientos de certificación, inspección, seguimiento y vigilancia de aeródromos de operación nacional o regional colombianos.
3. Proyectar conceptos técnicos y certificaciones, de acuerdo a la normatividad vigente, sobre asuntos relativos a aeródromos y servicios aeroportuarios de aeródromos de operación nacional o regional colombianos.
4. Elaborar concepto sobre procesos, procedimientos, equipos o productos, según aplique, de asuntos relativos a aeródromos y servicios aeroportuarios de aeródromos de operación nacional o regional colombianos.
5. Examinar el cumplimiento a los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, en lo pertinente a aeródromos y servicios aeroportuarios de aeródromos de operación nacional o regional colombianos.
6. Preparar documentos sobre modificaciones y enmiendas a los reglamentos y estándares aeronáuticos, así como la actualización de guías y los estándares para los programas de vigilancia en los temas de su competencia.
7. Preparar documentos sobre informes y reportes sobre asuntos relativos a aeródromos y servicios aeroportuarios, a partir de la evaluación al cumplimiento de los RAC pertinentes.
8. Participar en procesos de instrucción como instructores o alumnos, de acuerdo a funciones asignadas.
9. Mantener actualizados los registros de inspección y actuación en el área, en los sistemas de información y reportes, y de los sistemas de gestión con los que cuenta Aerocivil.
10. Las demás funciones que le asigne el superior inmediato y que correspondan a la naturaleza del cargo.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
Conocimiento de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC) y de los Anexos OACI, especialmente los Anexos: 9, 17 y 14 y los documentos OACI relacionados.
Conocimiento de la legislación Aeronáutica de conformidad al área de desempeño.
Conocimientos de los Sistemas de Gestión de Calidad, particularmente de la norma NTC-GP:1000.
Conocimientos del idioma inglés, a nivel intermedio.
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
| Comunes | Por nivel jerárquico |
| - Compromiso con la Organización - Orientación a resultados - Orientación al Usuario y al Ciudadano - Transparencia | - Aprendizaje continuo - Experiencia profesional - Trabajo en equipo y colaboración - Creatividad e innovación |
VII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
| Estudio | Experiencia |
| Título Profesional en Disciplina Académica del núcleo básico del conocimiento en Ingeniería Civil y afines o Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines o Ingeniería Eléctrica y afines o Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines o Ingeniería Ambiental, Sanitaria y afines o Ingeniería Mecánica y afines o Ingeniería Industrial y afines o Derecho y afines o Economía o Arquitectura o Contaduría Pública o Administración yTítulo de posgrado en la modalidad de Especialización en áreas afines con las funciones del cargo. | Treinta y seis (36) meses de experiencia profesional en el sector de la aviación. |
OTROS
Matrícula o Tarjeta Profesional, en los casos requeridos por la ley.
Certificado de vigencia de la Tarjeta o Matrícula Profesional en los casos requeridos por la ley.
VIII. ALTERNATIVA
| Estudio | Experiencia |
| Piloto con título Profesional en Disciplina Académica del núcleo básico del conocimiento en Ingeniería Civil y afines o Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines o Ingeniería Eléctrica y afines o Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines o Ingeniería Ambiental, Sanitaria y afines o Ingeniería Mecánica y afines o Ingeniería Industrial y afines o Derecho y afines o Economía o Arquitectura o Contaduría Pública o Administración. | Cuatro mil quinientas (4.500) horas de vuelo certificadas por el Grupo de Licencias Técnicas y Exámenes de la Uaeac y sesenta (60) meses de experiencia profesional en el sector de la aviación. |
OTROS
Licencia PTL y Matrícula o Tarjeta Profesional, en los casos requeridos por la ley.
Conocimientos del idioma inglés apropiados a las atribuciones de la Licencia.
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES
I. IDENTIFICACIÓN
| Nivel I | Inspector de Seguridad de la Aviación Civil |
| Denominación del empleo | Inspector de Seguridad de la Aviación Civil |
| Nivel II | 53 |
| Grado | 33 |
| Número de cargos | 10 |
| Dependencia | Donde se ubique el cargo |
| Cargo del Jefe Inmediato | Quien ejerza la supervisión directa |
II. ÁREA FUNCIONAL
Secretaría de Seguridad Aérea
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
Aplicar y ejecutar las actividades de certificación, inspección, seguimiento y vigilancia orientadas a la protección de la seguridad operacional en los temas de aeródromos y servicios aeroportuarios.
IV. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Proyectar los programas anuales y procedimientos de certificación, inspección, seguimiento y vigilancia de aeródromos colombianos.
2. Ejecutar los programas anuales y procedimientos de certificación, inspección, seguimiento y vigilancia de aeródromos colombianos.
3. Emitir concepto sobre procesos, procedimientos, equipos o productos, según aplique, de asuntos relativos a aeródromos colombianos.
4. Emitir conceptos técnicos y certificaciones, de acuerdo a la normatividad vigente, sobre asuntos relativos a aeródromos colombianos.
5. Examinar el cumplimiento a los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, de aeródromos colombianos.
6. Documentar modificaciones y enmiendas a los reglamentos y estándares aeronáuticos, así como la actualización de guías y los estándares para los programas de vigilancia en los temas de su competencia.
7. Recopilar registros estadísticos del comportamiento del sector sobre asuntos relativos a aeródromos y servicios aeroportuarios.
8. Participar en procesos de capacitación como instructores o alumnos, de acuerdo a funciones asignadas.
9. Mantener actualizados los registros de inspección y actuación en el área, en los sistemas de gestión con los que cuenta Aerocivil.
10. Las demás funciones que le asigne el superior inmediato y que correspondan a la naturaleza del cargo.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
Conocimiento de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC) y de los Anexos OACI, especialmente los Anexos: 9, 17 y 14 y los documentos OACI relacionados.
Conocimiento de la legislación Aeronáutica.
Conocimientos de los Sistemas de Gestión de Calidad, particularmente de la norma NTC-GP:1000.
Conocimientos del idioma inglés, a nivel intermedio.
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
| Comunes | Por nivel jerárquico |
| - Compromiso con la Organización - Orientación a resultados - Orientación al Usuario y al Ciudadano - Transparencia | - Aprendizaje continuo - Experiencia profesional - Trabajo en equipo y colaboración - Creatividad e innovación |
VII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
| Estudio | Experiencia |
| Título Profesional en Disciplina Académica del núcleo básico del conocimiento en Ingeniería Civil y afines o Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines o Ingeniería Eléctrica y afines o Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines o Ingeniería Ambiental, Sanitaria y afines o Ingeniería Mecánica y afines o Ingeniería Industrial y afines o Derecho y afines o Economía o Arquitectura o Contaduría Pública o Administración y Título de posgrado en la modalidad de Especialización en áreas afines con las funciones del cargo. | Sesenta (60) meses de experiencia profesional en el sector de la aviación. |
OTROS
Matrícula o Tarjeta Profesional, en los casos requeridos por la ley.
Certificado de vigencia de la Tarjeta o Matrícula Profesional en los casos requeridos por la ley.
VIII. ALTERNATIVA
| Estudio | Experiencia |
| Piloto con Título Profesional en Disciplina Académica del núcleo básico del conocimiento en Ingeniería Civil y afines o Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines o Ingeniería Eléctrica y afines o Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines o Ingeniería Ambiental, Sanitaria y afines o Ingeniería Mecánica y afines o Ingeniería Industrial o Derecho y afines o Economía o Arquitectura o Contaduría Pública y afines o Administración. | Cinco mil quinientas (5.500) horas de vuelo certificadas por el Grupo de Licencias Técnicas y Exámenes de la Uaeac y ochenta y cuatro (84) meses de experiencia profesional en el sector de la aviación. |
OTROS
Licencia PTL y Matrícula o Tarjeta Profesional, en los casos requeridos por la ley.
Conocimientos del idioma inglés apropiados a las atribuciones de la Licencia.
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