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RESOLUCIÓN ORGÁNICA 5 DE 2015
(agosto 27)
Diario Oficial No. 49.618 de 28 de agosto de 2015
AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Por la cual la Auditoría General de la República adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico.
EL AUDITOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas por los artículos 11 y 17 del Decreto número 272 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política en sus artículos 209 y 269 establecen que “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La Administración Pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley”', y que “En las entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la ley”, respectivamente;
Que el Decreto Nacional número 1716 de 2009, dispuso en su artículo 16, que el Comité de Conciliación es “una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad”;
Que el artículo 19 ibídem, estableció dentro de sus funciones, las de “1. Formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico, y 2. Diseñar las políticas generales que orientarán la defensa de los intereses de la entidad”;
Que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica, mediante oficio de fecha 3 de junio de 2015, comunicó a la entidad que la “Política de Prevención del Daño Antijurídico”, adoptado por la Auditoría General de la República mediante la Resolución Orgánica número 15 de 2014, “describe un procedimiento general para la elaboración de política basado en un documento previo diferente metodológicamente a lo planteado por la Agencia”', por lo que “el Comité de Conciliación debe formular su política de prevención de acuerdo a los lineamientos fijados en el “Manual para la elaboración de políticas de prevención del daño antijurídico” elaborado por la Agencia”;
Que el Comité de Conciliación, en sesión del 5 de agosto de 2015 aprobó el documento de Política de Prevención del Daño Antijurídico, como consta en el Acta número 09 de 2015;
En mérito de lo expuesto, el Auditor General de la República,
RESUELVE:
PRIMERO. Adoptar el documento de Política de Prevención del Daño Antijurídico, aprobado en el Comité de Conciliación del día 5 de agosto de 2015.
SEGUNDO. El documento que contiene la Política de Prevención del Daño Antijurídico que adopta la Auditoría General de la República mediante este Acto Administrativo, será divulgado a través de la página web de la entidad.
TERCERO. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución Orgánica número 15 de 2014.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 27 de agosto de 2015.
El Auditor General de la República,
CARLOS FELIPE CÓRDOBA LARRARTE.
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