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RESOLUCIÓN ORGÁNICA 8 DE 2006
(octubre 13)
Diario Oficial No. 46.424 de 17 de octubre de 2006
AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Por la cual se modifica la Resolución Orgánica 007 de 2006.
LA AUDITORA GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las contenidas en los artículos 2o y 17 del Decreto-ley 272 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Orgánica 007 de 2006, la Auditora General de la República adoptó los procesos y procedimientos al interior de la Entidad como parte del Sistema de Gestión de Calidad de acuerdo con la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2004;
Que con ocasión de la implementación del Sistema de Gestión de Calidad en la Auditoría General de la República, se practicó una Auditoría de Calidad a los Procesos y Procedimientos, cuyos resultados advierten la necesidad de realizar acciones de mejoramiento;
Que de acuerdo con la metodología para elaborar y actualizar los procedimientos de la Auditoría General, se sometieron, a consideración del Comité de Coordinación Institucional, las observaciones de los Auditores de Calidad, respecto de los ajustes a los procedimientos, incluyendo el mejoramiento de formatos, instructivos, y/o anexos manuales, para lograr su optimización;
Que reunido el Comité, en sesión del día 10 de octubre de 2006, acordó realizar, por parte de los responsables de cada uno de los procesos, las acciones de mejoramiento recomendadas por los auditores de calidad;
Que así mismo recomendó la expedición del acto administrativo que lo dispusiera.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Dar aplicación a las metodologías 1.3 hasta la finalización del PGA 2006, mientras se realiza el mejoramiento del Manual del Proceso Auditor en la Auditoría General de la República, conforme a lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.
PARÁGRAFO: La fecha límite para el ajuste y modificación del manual será el 31 de diciembre de 2006.
ARTÍCULO 2o. Modificar el inciso primero del artículo segundo de la Resolución 007 de 2006, el cual quedará así:
“Artículo 2o. La aplicación de los procesos y procedimientos adoptados mediante la presente resolución, es de obligatorio cumplimiento para los servidores públicos de la Auditoría General de la República, según las funciones inherentes a cada área, una vez se efectúen las acciones de mejoramiento propuestas como resultado de las auditorías internas de calidad, realizadas para evaluar el sistema de gestión de calidad, plazo que no podrá exceder al 31 de diciembre de 2006”.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2006.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 13 de octubre de 2006.
La Auditora General de la República,
PIEDAD AMPARO ZÚÑIGA QUINTERO.
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