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RESOLUCIÓN 844 DE 2014

(octubre 16)

Diario Oficial No. 49.317 de 27 de octubre de 2014

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

Por medio de la cual se delegan unas funciones en la Subdirección General.

LA DIRECTORA GENERAL DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (COLCIENCIAS),

en uso de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas en los artículos 11 y 12 de la Ley 80 de 1993, concordantes con los artículos 9o al 12 de la Ley 489 de 1998, la Ley 1286 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia establece que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar funciones en sus subalternos o en otras autoridades.

Que el numeral 11 del artículo 5o del Decreto número 1904 de 2009, establece como función del Director General del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación la de “Convocar a la realización de investigaciones y estudios necesarios para el cumplimiento de los planes estratégicos del país, en el marco de su misión institucional y del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación”.

Que el numeral 2 del artículo 9o del Decreto número 1904 de 2009 establece que corresponde a la Subdirección General: “Asistir al Director General en el ejercicio de sus funciones de dirección y control de las labores encomendadas a cada una de las dependencias del Departamento y adelantar la coordinación necesaria entre ellas”.

Que el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, dispone en su inciso 1o que “Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias”.

Que el numeral 5 del artículo 4o de la Ley 1286 de 2009, faculta a Colciencias para efectuar convocatorias públicas, basadas en criterios de mérito y calidad, al establecer que: “...Las instituciones, programas, proyectos y personas objeto de apoyo, se podrán seleccionar mediante convocatorias públicas, basadas en criterios de mérito y calidad. Negrilla fuera de texto.

Con el fin de hacer más agiles los procedimientos de convocatorias en el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias), se hace necesario delegar en el Subdirector General, algunas funciones y actividades en materia de convocatorias, en cumplimiento de los principios de la función administrativa descritos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar en la Subdirección General las funciones de suscribir:

-- Las resoluciones de apertura de convocatorias de conformidad con lo aprobado en el plan de inversiones y por el Comité de Subdirección de Colciencias.

-- Las adendas de modificación de los términos de referencia de las convocatorias, previa aprobación del Comité de Subdirección.

-- Las listas preliminares e proyectos o banco de elegibles, así como las definitivas.

-- Los actos administrativos pertinentes para el cabal desarrollo de las convocatorias.

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ARTÍCULO 2o. Modificar en lo que sea necesario los procedimientos existentes para que estén acordes con esta nueva reglamentación.

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ARTÍCULO 3o. Delegar, en caso de ausencia del Subdirector General, la firma de los asuntos relacionados en el artículo primero de este acto a la Secretaría General.

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ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 16 de octubre de 2014.

La Directora General,

YANETH GIHA TOVAR.

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ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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