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RESOLUCION 34 DE 2013

(febrero 11)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES, COLPENSIONES

Por la cual se modifica la Resolución No. 039 de 2012 de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES

EL PRESIDENTE DE LA ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES
COLPENSIONES

En ejercicio de las facultades Legales y en especial de las conferidas en el articulo 10 numeral 11 y 25 del Decreto 4936 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1151 de 2007 en su artículo 155 creó la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES, como una empresa industrial y comercial del Estado del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.

Que mediante Decreto 4121 de 2011, se cambió la naturaleza jurídica de la Administradora Colombiana de Pensiones COLPENSIONES, al de Empresa Industrial y Comercial del Estado organizada como entidad financiera de carácter especial, vinculada al Ministerio de Trabajo.

Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 establece que las autoridades administrativas, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a los colaboradores o otras autoridades con funciones afines o complementarias.

Que el artículo 10 numeral 11 del Decreto 4936 de 2011 asignó al Presidente de la Administradora Colombiana de Pensiones COLPENSIONES la función de: “Dirigir la ejecución presupuesta!, comprometer y ordenar el gasto, suscribir los actos que la representación legal obligue y celebrar los contratos y convenios que se requieran para el normal funcionamiento de COLPENSIONES”.

Que el artículo 10 numeral 25 del Decreto 4936 de 2011 asignó al Presidente de la Administradora Colombiana de Pensiones -COLPENSIONES la función de expedir los actos administrativos que requiera la administración interna de COLPENSIONES.

Que mediante la Resolución 039 de 2012, el Presidente de la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones efectuó una delegación de funciones y asignó la facultad de suscribir actos en la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones.

Que según lo dispuesto en el Decreto 4936 de 2011 los Vicepresidentes y Gerentes del Nivel Nacional de la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, quienes integran el nivel directivo, son servidores públicos con funciones de dirección y confianza.

Que en la Resolución 003 del 2012 se establece que en el nivel directivo se encuentran los Vicepresidentes, los Directores de la Oficina Nacional, los Gerentes Nacionales y Regionales y los Jefes de Oficina de la Seccional A, B Y C.

Que la finalidad de la delegación y asignación de funciones es descongestionar los órganos superiores que conforman la organización, así como facilitar y agilizar la gestión de los asuntos a cargo de la Empresa, con el objeto de realizar y desarrollar los fines del Estado en beneficio de los ciudadanos y en cumplimiento de los preceptos constitucionales.

Que teniendo en cuenta lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Modifiqúese el Parágrafo Primero del Artículo Décimo Noveno de la Resolución 039 de 2012, el cual quedará así:

“PARÁGRAFO PRIMERO: Deléguese en el Vicepresidente de Talento Humano la suscripción de los contratos de trabajo con los trabajadores oficiales de los niveles Asesor, Profesional, Técnico y Asistencial, los contratos de aprendizaje, los actos para prácticas empresariales y los nombramientos y posesión de Auxiliares Jurídicos Ad - Honorem. Así mismo, la terminación unilateral de los contratos de trabajo por pensión de jubilación, pensión de vejez, invalidez y edad de retiro forzoso de los trabajadores oficiales de los niveles Asesor, Profesional, Técnico y Asistencial. Igualmente deléguese en el Vicepresidente de Talento Humano la terminación de los contratos de trabajo con justa y sin justa causa, por mutuo consentimiento, por muerte y por sentencia de autoridad competente de los trabajadores oficiales de los niveles Asesor, Profesional, Técnico y Asistencial".

ARTÍCULO SEGUNDO. Modifiqúese el artículo Décimo Vigésimo de la Resolución 039 de 2012, el cual quedará así:

"Asignar al Gerente de Gestión del Talento Humano de la Vicepresidencia de Talento Humano, la facultad de suscribir los siguientes actos:

1. Las certificaciones e informes que le corresponda expedir al área en cumplimiento de sus funciones.

2. Suscribir las certificaciones laborales solicitadas por el Vicepresidente del Talento Humano, las certificaciones de los Aprendices Sena, de los Auxiliares Jurídicos Ad honorem y de los practicantes estudiantiles.

3. Los que resuelven las peticiones, reclamos y sugerencias de competencia de la dependencia y que no estén asignadas a otras áreas, y

4. Los que sean necesarios para el adecuado ejercicio de sus funciones y que no correspondan a otras áreas.

ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica y adiciona en lo pertinente a la Resolución No. 039 de 2012.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C. a los

PEDRO NEL OSPINA MARÍA

PRESIDENTE

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"Normograma - Colpensiones - Administradora Colombiana de Pensiones"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 5 de febrero de 2021 - Diario Oficial No. 51567 - Enero 24 de 2021

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