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RESOLUCION 443 DE 2017

(septiembre 5)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES, COLPENSIONES

Por la cual se ordena una suspensión de términos administrativos en la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones)

LA PRESIDENTE DE LA ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES -
COLPENSIONES

En ejercicio de las facultades legales y estatuarias, en especial las establecidas en el artículo 10 del Decreto 309 de 2017, el Acuerdo 106 de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 155 de la Ley 1151 de 2007 creó la Administradora Colombiana de pensiones (Colpensiones), como una Empresa industrial y Comercial del Estado del orden nacional, con personería, autonomía administrativa y patrimonio independiente.

Que mediante Decreto 4121 del 2 de noviembre de 2011 se cambió la naturaleza jurídica de Colpensiones, a la de Empresa Industrial y Comercial del Estado organizada cómo entidad financiera de carácter especial.

Que él numeral 1 del artículo 16 del Acuerdo 106 de 2017 establece como función del Presidente de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), expedir los actos administrativos que requiera la administración interna de Colpensiones.

Qué el Papa Francisco visitará a Colombia durante el periodo comprendido entré el 6 y el 10 de septiembre de 2017, y particularmente estará en las ciudades de Bogotá (7 de septiembre), Villavicencio (8 de septiembre), Medellín (9 de septiembre) y Cartagena (10 de septiembre).

Que mediante Circular Externa No. 100-007 de 29 de agosto de 2017, el Departamento Administrativo de la Función Pública señaló que dadas las condiciones de seguridad y movilidad en la ciudad de Bogotá; otorgará el jueves 7 de septiembre de 2017 como día libre, garantizando que no se afecte el servicio y facilitando que quienes así lo deseen, asistan a las diferentes actividades religiosas programadas por el Papa Francisco.

Que la Gobernación del Meta declaró día cívico en ese departamento el 8 de septiembre de 2017, con el fin de celebrar la visita el Santo Padre Francisco a la ciudad de Villavicencio.

Que se hace necesario tomar medidas tendientes a garantizar el oportuno acceso a la administración por parte de los ciudadanos en las ciudades en las que tendrá lugar la visita del Papa Francisco.

Que teniendo en cuenta lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. SUSPENDER los términos administrativos en los Puntos de Atención Colpensiones de la ciudad de Bogotá durante el día 7 de septiembre del año 2017, implicando así la suspensión de los términos de ley otorgados al administrado para ejercer su derecho de contradicción y de defensa dentro del procedimiento administrativo.

ARTÍCULO SEGUNDO. SUSPENDER los términos administrativos en los Puntos de Atención Colpensiones de la ciudad de Villavicencio durante el día 8 de septiembre del año 2017, implicando así la suspensión de los términos de ley otorgados al administrado para ejercer su derecho de contradicción y de defensa dentro del procedimiento administrativo.

ARTÍCULO TERCERO. Comunicar a la Vicepresidencia de Operaciones del Régimen de Prima Media y demás dependencias de la entidad sobre la suspensión de términos ordenada a través del presente acto administrativo.

PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 05 SET. 2011

ADRIANA MARÍA GUZMÁN RODRÍGUEZ

PRESIDENTE (E)

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"Normograma - Colpensiones - Administradora Colombiana de Pensiones"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 5 de febrero de 2021 - Diario Oficial No. 51567 - Enero 24 de 2021

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