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RESOLUCION 030 DE 2004

(enero 28)

Diario Oficial No. 45.459, de 12 de febrero de 2004

CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por medio de la cual se modifica el Modelo Instrumental del Plan General de Contabilidad Pública, PGCP, adoptado mediante la Resolución 400 de 2000.

EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN,

en uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 354 de la Constitución Política, la Ley 298 del 23 de julio 1996, el Decreto 143 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Circular Externa 054 del 26 de enero de 2004, el Contador General de la Nación modificó el procedimiento de "Reintegro de fondos a la Dirección del Tesoro Nacional por parte de los entes públicos", con el objeto de establecer los criterios para el reintegro de fondos a la tesorería nacional y tesorerías territoriales;

Que mediante Circular Externa 055 del 28 de enero de 2004, se expidió el procedimiento contable para el registro de los embargos decretados y ejecutados, y la restitución de los recursos, el cual debe ser aplicado por los entes públicos del sector central, de los niveles nacional y territorial;

Que por lo anterior, se hace necesario modificar el Modelo Instrumental del Plan General de Contabilidad Pública, PGCP,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar la estructura del Catálogo General de Cuentas, incluyendo las siguientes subcuentas:

CODIGO    DENOMINACION

472207       Cancelación de sentencias y conciliaciones

572207       Cancelación de sentencias y conciliaciones

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ARTÍCULO 2o. Modificar la denominación de las siguientes subcuentas.

CODIGO    DENOMINACION ANTERIOR         NUEVA DENOMINACION

472080      Recaudos DTN por clasificar            Recaudos por clasificar

572080      Recaudos DTN por clasificar            Recaudos por clasificar

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ARTÍCULO 3o. Modificar la descripción de las siguientes cuentas:

CLASE     GRUPO                              CUENTA

4           47                                    4705

INGRESOS  OPERACIONES                       APORTES Y TRASPASO

            INTERINSTITUCIONALES             DE FONDOS RECIBIDOS

Descripción

Valor de los recursos recibidos por los entes públicos para gastos de funcionamiento, transferencias, servicio de la deuda interna y externa, e inversión. Así mismo, incluye el valor de los reintegros recibidos por las tesorerías, de fondos girados por estas en vigencias anteriores.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1106 - Cuenta Unica Nacional y 1110 - Bancos y corporaciones.

CLASE     GRUPO                              CUENTA

5            57                                    5705

GASTOS    OPERACIONES APORTES Y TRASPASO

            INTERINSTITUCIONALES DE FONDOS GIRADOS

Descripción

Valor de los recursos girados a los entes públicos para gastos de funcionamiento, transferencias, servicio de la deuda interna o externa e inversión. Así mismo, incluye el valor de los reintegros girados por las entidades a las tesorerías, de fondos recibidos en vigencias anteriores.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1105 - Caja, 1110 - Bancos y corporaciones y 1106 - Cuenta Unica nacional.

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ARTÍCULO 4o. Modificar el ámbito de aplicación del procedimiento contenido en el numeral 2.7 Instrucciones relativas al reconocimiento de las compensaciones y pago de sentencias y conciliaciones judiciales, el cual quedará así:

2.7.2 Ambito de aplicación

Estas instrucciones serán aplicadas por los organismos y entidades de que trata el artículo 2o de la Resolución 400 de 2000, que resulten obligadas a cancelar sumas de dinero como consecuencia de decisiones judiciales expresadas a través de sentencias o como producto de conciliaciones judiciales o laudos arbitrales proferidos por tribunales de arbitramento.

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ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a 28 de enero de 2004.

El Contador General de la Nación,

JAIRO ALBERTO CANO PABÓN.

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ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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