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RESOLUCIÓN 241 de 2004
(16 de junio)
Fuente: Archivo interno de la entidad
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
<NOTA DE VIGENCIA: Derogada por la Resolución 340 de 2005>
“Por la cual se delega la función de dirección, coordinación y control del Boletín de Deudores Morosos del Estado – BDME en una dependencia de la Contaduría General de la Nación”.
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
En uso de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el artículo 3o. de la Ley 298 de 1996, el parágrafo del artículo 66 de la Ley 863 de 2003 y el Decreto 143 de 2004, y
CONSIDERANDO
Que el Congreso de la República expidió la Ley 863 de 2004, por la cual se establecen normas tributarias, aduaneras, fiscales y de control para estimular el crecimiento económico y el saneamiento de las finanzas públicas.
Que en el parágrafo del artículo 66, se establece que las entidades estatales para relacionar las acreencias a su favor pendientes de pago, deberán permanentemente en forma semestral, elaborar un boletín de deudores morosos, el cual será remitido al Contador General de la Nación durante los primeros diez (10) días calendario de los meses de junio y diciembre de cada anualidad fiscal.
Que la Contaduría General de la Nación consolidará y posteriormente publicará en su página web el boletín de deudores morosos del Estado, los días 30 de julio y el 30 de enero del año correspondiente. Así mismo expedirá los certificados de que trata dicho parágrafo a cualquier persona natural o jurídica que los requiera.
Que mediante Circular Externa No. 057 del 13 de mayo de 2004, se establecieron los procedimientos que deben ser aplicados en el proceso de envío de información a la Contaduría para que sea publicada y consolidada en el Boletín de Deudores Morosos del Estado (BDME) de acuerdo con el parágrafo del artículo 66 de la Ley 863 de 2003.
Que mediante Carta Circular No. 051 de fecha 1o. de junio de 2004, se estableció el pago de derechos para la expedición del Boletín de Deudores Morosos del Estado-BDME.
Que se hace necesario asignar las funciones de dirección, coordinación y control del Boletín de Deudores de Morosos del Estado a una de las dependencias de la planta global de la Contaduría General de la Nación.
Que de acuerdo al numeral 1 del artículo 8 del Decreto 143 del 21 de enero de 2004, la Secretaría General tiene como función “Dirigir y coordinar las actividades administrativas proporcionando adecuada orientación técnica que garantice la prestación de los servicios y ejecución de los programas trazados velando por el cumplimiento de las normas…”
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1o. Delegar las funciones de dirección, coordinación y control del Boletín de Deudores de Morosos del Estado en el Secretario General de la Contaduría General de la Nación.
ARTÍCULO 2o. La mencionada dependencia debe realizar todas las actividades inherentes a la dirección, coordinación y control del Boletín de Deudores de Morosos del Estado de conformidad a los procedimientos enunciados en la Circular Externa No. 057 de 2004, Carta Circular No.51/04 y de acuerdo a las normas que para tal efecto se expidan.
ARTÍCULO 3o. La presente Resolución rige a partir de su expedición.
CUMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los
JAIRO ALBERTO CANO PABON
Contador General de la Nación
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