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RESOLUCION 268 DE 2005
(julio 19)
Diario Oficial No. 45.997 de 11 de agosto de 2005
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Por medio de la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Plan General de Contabilidad Pública adoptado mediante la Resolución 400 de 2000.
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN,
en uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 354 de la Constitución Política, la Ley 298 del 23 de julio 1996, el Decreto 143 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que la información contable pública debe cumplir con los postulados de confiabilidad y utilidad establecidos en el Plan General de Contabilidad Pública;
Que es necesario incluir en el Catálogo General de Cuentas, la subcuenta para la revelación de algunos bienes que dada su naturaleza, se consideran muebles; así como de los Depósitos Remunerados que efectúa la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional en el Banco de la República, los cuales constituyen una cifra significativa en el Balance General Consolidado de la Nación;
Que el numeral 2.8.4.1.2 del Manual de Procedimientos relativos a las Normas Técnicas de Contabilidad, establece que el registro de las multas y sanciones como derecho cierto de cobro dentro de los activos del ente público se hará cuando el acto administrativo que la impuso esté en firme, o se haya agotado la vía gubernativa; en caso contrario, deben tratarse como derechos contingentes incorporados en cuentas de orden;
Que en el sector público existen conceptos de ingreso que están supeditados a condiciones externas, y queen tal sentido el derecho cierto se da una vez se cumplan estas condiciones;
Que es necesario complementarla estructura del Catálogo General de Cuentas del Plan General de Contabilidad Pública, en cuanto a las subcuentas y complementar las descripciones y dinámicas, de manera que permita el registro y revelación de estas operaciones,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Crear en la estructura del Catálogo General de Cuentas, las siguientes subcuentas:
Código Denominación
111012 Depósitos remunerados
166503 Casetas y campamentos movibles
812105 Ingresos por derechos potenciales
ARTÍCULO 2º. Modificar la descripción y dinámicas de las siguientes cuentas, las cuales quedarán así:
Clase Grupo Cuenta
1 11 1110
Activo Efectivo Bancos y Corporaciones
Descripción
Fondos disponibles en cuentacorriente, de ahorro, depósitos simples y remunerados. Igualmente, incluye tantolas cuentas de compensación que constituyen las entidades públicas en el BancoCentral como los depósitos efectuados por las entidades financieras en el mismo,según las disposiciones legales vigentes.
La contrapartida corresponde alas subcuentas que conforman la cuenta 1105-Caja y a las demás subcuentas queregistren las transacciones, en cuya realización se involucre, la recepción depagos mediante consignación en cuentas de depósito del ente público.
Clase Grupo Cuenta
8 81 8121
Cuentas de orden Derechos contingentes Recursos y derechos
deudoras potenciales
Descripción
Valor estimado de posiblesrecursos y derechos por concepto de subvaluación de reservas, por expectativasde nuevas reservas petroleras, carboníferas o de gas, entre otras, así como loscálculos proyectados por posibles ingresos provenientes del uso del espectroelectromagnético, y por los ingresos sobre los cuales no se tiene el derechocierto por existir condiciones externas.
La contrapartida corresponde ala subcuenta 890507 - Derechos potenciales.
DINAMICA
Se debita con:
1. El valor estimado de losderechos potenciales a favor del ente público por concepto de subvaluación dereservas no determinadas técnicamente.
2. El valor calculado porexpectativas de nuevas reservas de petróleo, carbón o gas.
3. El valor de los derechos poringresos potenciales, proyectados o sobre los cuales no se tiene el derechocierto por existir condiciones externas.
Se acredita con:
1. El valor adi cional de lasreservas subvaluadas, determinadas técnicamente e incorporadas en elbalance.
2. El valor de los derechos pornuevas reservas de petróleo, carbón y gas incorporados en el balance.
3. Los ingresos pactados por laexplotación del espectro electromagnético.
4. El valor de los ingresos causados cuando se tiene el derecho cierto.
ARTÍCULO 3º. La presente resolución rige a partir de su publicación en el DiarioOficial.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 19 dejulio de 2005.
El Contador General de laNación,
Jairo Alberto Cano Pabón.
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