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RESOLUCION 343 DE 2004
Diario Oficial No. 45.681, de 24 de septiembre de 2004
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN,
en uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 354 de la Constitución Política, la Ley 298 del 23 de julio 1996, el Decreto 143 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 001 del 20 de enero 2000 expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, se fijaron los criterios generales para determinar la remuneración del servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos del Sistema Nacional de Transporte;
Que mediante la Resolución 013 del 4 de marzo de 2003 de la CREG se aprobaron cargos regulados y demás aspectos pertinentes para remunerar la actividad de transporte de gas natural, que se efectúa a través de los gasoductos del sistema de transporte de Ecogás;
Que mediante la Resolución 125 del 18 de diciembre de 2003 expedida por la CREG se resolvieron los recursos de reposición interpuestos contra la Resolución 013 de 2003;
Que debido a la necesidad de detalle de los registros por concepto de la venta de servicio de gas combustible, y con base en las solicitudes de la Empresa Colombiana de Gas, Ecogás, se requiere autorizar la creación de la subcuenta para el registro del cargo variable;
Que dada la estructura del Catálogo General de Cuentas, CGC, del Plan General de Contabilidad Pública, PGCP, es necesario incluir en la cuenta que revele la venta del servicio de gas combustible la subcuenta para el registro del cargo variable,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Crear en la estructura del CGC la siguiente subcuenta:
432524 Cargo Variable
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a 11 de agosto de 2004.
El Contador General de la Nación,
JAIRO ALBERTO CANO PABÓN.
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