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RESOLUCIÓN 598 DE 2003
(18 de Diciembre)
"Por medio de la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Plan General de Contabilidad Pública – PGCP adoptado mediante la Resolución 400 de 2000"
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
En uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 354 de la Constitución Política, la Ley 298 del 23 de julio 1996, el Decreto 1914 de 1996, y
CONSIDERANDO
Que con la expedición de la Circular Externa 053 de 2003, en la cual se establece el procedimiento contable que deben aplicar las entidades públicas sobre las cuales se ordene la supresión o disolución, con fines de liquidación, fusión o escisión, así como las entidades absorbentes, beneficiarias o creadas como consecuencia de los procesos referidos, se hace necesario crear en la estructura del Catálogo General de Cuentas, las cuentas y subcuentas que permitan aplicar el procedimiento definido.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar la estructura del Catálogo General de Cuentas, incluyendo las siguientes cuentas y subcuentas:
CÓDIGO | DENOMINACIÓN |
3111 | RESULTADO DEL EJERCICIO DE ENTIDADES EN PROCESO DE LIQUIDACIÓN |
311101 | Excedente del ejercicio |
311102 | Déficit del ejercicio |
311103 | Principal y subalterna |
3233 | RESULTADO DEL EJERCICIO DE ENTIDADES EN PROCESO DE LIQUIDACIÓN |
323301 | Utilidad o Excedente del ejercicio |
323302 | Pérdida o Déficit del ejercicio |
323303 | Principal y subalterna |
. | PATRIMONIO DE ENTIDADES EN PROCESOS ESPECIALES |
314001 | Liquidación |
314002 | Fusión |
314003 | Escisión |
3260 | PATRIMONIO DE ENTIDADES EN PROCESOS ESPECIALES |
326001 | Liquidación |
326002 | Fusión |
326003 | Escisión |
ARTÍCULO 2o. Definir las descripciones y dinámicas de las siguientes cuentas:
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 31 | 3111 |
PATRIMONIO | HACIENDA PUBLICA | RESULTADO DEL EJERCICIO DE ENTIDADES EN PROCESO DE LIQUIDACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor del excedente o déficit obtenido por el ente público, como resultado de las operaciones efectuadas durante la vigencia, en desarrollo del proceso de liquidación.
La contrapartida corresponde a la cuenta 5905-Cierre de Ingresos, Gastos y Costos.
SE DEBITA CON:
1.- El déficit que resulte de las operaciones del ejercicio.
2.- El traslado del excedente del ejercicio a la cuenta 3140–Patrimonio de entidades en procesos especiales, al inicio del siguiente período contable.
3.- Los saldos débito de la cuenta 1995-Principal y subalterna debidamente conciliados.
SE ACREDITA CON:
1.- El excedente que resulte de las operaciones del ejercicio.
2.- El traslado del déficit del ejercicio a la cuenta 3140–Patrimonio de entidades en procesos especiales, al inicio del siguiente período contable.
3.- Los saldos crédito de la cuenta 1995-Principal y subalterna debidamente conciliados.
CLASE | GRUPO | CUENTA |
3 | 32 | 3233 |
| PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | RESULTADO DEL EJERCICIO DE ENTIDADES EN PROCESO DE LIQUIDACIÓN |
DESCRIPCIÓN
Representa el valor del resultado obtenido por el ente público, como resultado de las operaciones efectuadas durante la vigencia, en desarrollo del proceso de liquidación.
La contrapartida corresponde a la cuenta 5905-Cierre de Ingresos, Gastos y Costos.
SE DEBITA CON:
1.- La pérdida o déficit que resulte de las operaciones del ejercicio.
2.- El traslado del excedente del ejercicio a la cuenta 3260–Patrimonio de entidades en procesos especiales, al inicio del siguiente período contable.
3.- Los saldos débito de la cuenta 1995- Principal y subalterna debidamente conciliados.
SE ACREDITA CON:
1- La utilidad o excedente que resulte de las operaciones del ejercicio.
2. El traslado del déficit del ejercicio a la cuenta 3260–Patrimonio de entidades en procesos especiales, al inicio del siguiente período contable.
3.- Los saldos crédito de la cuenta 1995- Principal y subalterna debidamente conciliados.
| CLASE | GRUPO | CUENTA |
| 3 | 31 | 3140 |
| PATRIMONIO | HACIENDA PUBLICA | PATRIMONIO DE ENTIDADES EN PROCESOS ESPECIALES |
DESCRIPCIÓN
Representa los recursos asignados, los resultados de ejercicios anteriores, los superávit por valorización de activos y donación, y la incorporación de bienes, derechos y obligaciones de los entes públicos, de las entidades en procesos de liquidación, fusión o escisión.
La contrapartida corresponde a las cuentas de patrimonio reclasificadas y a los pasivos trasladados.
SE DEBITA CON:
1.- El traslado del déficit del ejercicio, al inicio del siguiente período contable.
2.- El valor del traslado de los activos.
3.- El valor de los pasivos incorporados.
SE ACREDITA CON:
1- La reclasificación de los saldos de las cuentas del patrimonio, al iniciarse los procesos de liquidación, fusión o escisión.
2.- El valor del traslado de los pasivos.
3.- El traslado del excedente del ejercicio, al inicio del siguiente período contable.
4.- El valor de los activos incorporados.
| CLASE | GRUPO | CUENTA |
| 3 | 32 | 3260 |
| PATRIMONIO | PATRIMONIO INSTITUCIONAL | PATRIMONIO DE ENTIDADES EN PROCESOS ESPECIALES |
DESCRIPCIÓN
Representa los recursos asignados, los resultados de ejercicios anteriores, los superávit por valorización de activos y donación, y la incorporación de bienes, derechos y obligaciones de los entes públicos, de las entidades descentralizadas en procesos de liquidación, fusión o escisión. En los entes públicos de carácter societario no incluye los saldos de las cuentas 3203-Aportes sociales y 3204-Capital suscrito y pagado.
La contrapartida corresponde a las cuentas de patrimonio reclasificadas y a los pasivos trasladados.
SE DEBITA CON:
1.- El traslado de la pérdida o déficit del ejercicio, al inicio del siguiente período contable.
2.- El valor del traslado de los activos.
3.- El valor de los pasivos incorporados
SE ACREDITA CON:
1- La reclasificación de los saldos de las cuentas del patrimonio, al iniciarse los procesos de liquidación, fusión o escisión.
2.- El valor del traslado de los pasivos.
3.- El traslado de la utilidad o excedente del ejercicio, al inicio del siguiente período contable.
4.- El valor de los activos incorporados
ARTÍCULO 3o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de Dic. De 2003.
JAIRO ALBERTO CANO
PABÓN
Contador General de la Nación
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