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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 126 DE 2011
(abril 4)
Diario Oficial No. 48.033 de 5 de abril de 2011
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 202 de 2012>
Por la cual se organizan y conforman los Grupos Internos de Trabajo de la Oficina de Sistemas e Informática.
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en uso de sus atribuciones constitucionales, legales, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 267 y los numerales 5 y 8 del artículo 268 de la Constitución Política establecen que el control fiscal es una función pública ejercida por la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación.
Que el uso generalizado que ahora hacen las Entidades que manejan Recursos del Estado de herramientas electrónicas para el registro y procesamiento de la información como computadores, celulares, agendas electrónicas, cámaras fotográficas digitales y memorias USB, entre otros, hace común que, transacciones fraudulentas que den cuenta de un presunto detrimento patrimonial se encuentren almacenadas a través de estos medios, y que sea necesario contar con procedimientos técnicos y equipos electrónicos especializados para la recuperación adecuada de información y evidencia, hace necesario que la Contraloría General de la República establezca dentro de sus procesos el uso de herramientas de procesamiento informático forense a fin de evidenciar dicho comportamiento.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 4o del Decreto-ley 271 de 2000, el Contralor General de la República, podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, Grupos Internos de Trabajo, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, las políticas y los programas de la Entidad; norma de carácter especial concordante con la preceptiva de carácter general contenida en el inciso segundo del artículo 115 de la Ley 489 de 1998, al disponer que el representante legal podrá crear grupos internos de trabajo, permanentes o transitorios con el fin de atender las necesidades del servicio.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ESTABLECIMIENTO Y ORGANIZACIÓN DE LOS GRUPOS INTERNOS PERMANENTES DE TRABAJO EN EL DESPACHO DEL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA.
ARTÍCULO 1o. ESTABLECIMIENTO Y ORGANIZACIÓN DE GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO CON CARÁCTER PERMANENTE. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 202 de 2012> Establecer, conformar y organizar un (1) Grupo Interno de Trabajo con carácter permanente, dependiente del Despacho de la señora Contralora General de la República así:
1. Grupo Laboratorio de Informática Forense - LIF.
ARTÍCULO 2o. CONFORMACIÓN DE LOS GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 202 de 2012> El Grupo relacionado en el artículo anterior, estará supervisado y coordinado por un Coordinador de Gestión Nivel Ejecutivo Grado 3, que dependerá directamente del Despacho de la Contralora General de la República y estará conformado por funcionarios de los niveles asesor, ejecutivo, profesional y/o técnico.
PARÁGRAFO 1o. La Contralora General de la República dispondrá la conformación del Grupo Interno de Trabajo mencionado, con los funcionarios asignados a la planta de personal del Despacho de la Contralora General de la República.
PARÁGRAFO SEGUNDO. El funcionario encargado del Grupo de Trabajo, es responsable directo ante la Contralora General de la República por la adecuada ejecución y seguimiento de las actividades propias del Grupo, las cuales deben ser atendidas en forma oportuna y con la calidad requerida, sin perjuicio de las responsabilidades individuales de cada funcionario que integra el Grupo de Trabajo.
OBJETIVOS, ACTIVIDADES Y RESPONSABILIDADES DEL GRUPO INTERNO PERMANENTE DE TRABAJO DEL DESPACHO DEL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA.
ARTÍCULO 3o. GRUPO LABORATORIO DE INFORMÁTICA FORENSE LIF. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 202 de 2012> El objetivo de este Grupo Interno de Trabajo es apoyar los procesos de Indagación Preliminar, los procesos de Responsabilidad Fiscal, los procesos Disciplinarios y los Procesos de Control Interno, mediante la identificación, la preservación, el análisis y la presentación de la evidencia digital, de manera que el elemento material probatorio sea legalmente aceptado dentro de los procesos mencionados, observando los principios de eficiencia y calidad para lograr los resultados esperados por la Contraloría General de la República.
Actividades y Responsabilidades del Grupo Laboratorio de Informática Forense
Este grupo tiene bajo su responsabilidad la ejecución de las siguientes actividades:
1. Prestar el servicio de perito informático dentro de los procesos mencionados en el artículo 3o de la presente resolución.
2. Identificar la evidencia digital.
3. Preservar la evidencia digital.
4. Analizar la evidencia digital.
5. Presentar la información generada a partir del análisis de la evidencia digital.
6. Las demás que le sean asignadas por el Contralor General de la República de acuerdo con la naturaleza de los cargos y las actividades del grupo interno de trabajo.
ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 202 de 2012> La presente resolución reglamentaria rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 4 de abril de 2011.
La Contralora General de la República,
SANDRA MORELLI RICO.
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