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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 210 DE 2013
(febrero 12)
Diario Oficial No. 48.703 de 13 de febrero de 2013
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Por la cual se abre el año fiscal en la Contraloría General de la República.
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en los artículos 267 y 268 de la Constitución Política de Colombia, el Decreto-ley 267 de 2000 y las Leyes 42 de 1993, 610 de 2000 y 1474 de 2011,
CONSIDERANDO:
Que la Contraloría General de la República, tiene dentro de sus funciones constitucionales y legales la vigilancia de la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación.
De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia, el ejercicio de la función fiscalizadora debe orientarse a la aplicación del control fiscal, encaminado al fortalecimiento del Estado Social de Derecho.
La ciudadanía, el Congreso de la República y las instituciones gubernamentales en general, tienen altas expectativas en el Máximo Organismo de Control Fiscal, para lo cual este ente de control debe generar confianza y condiciones de transparencia en la fiscalización de los recursos públicos.
El advenimiento de nuevas disposiciones legales, ha permitido a la Contraloría avanzar en el ejercicio del control fiscal y en la especialización en la vigilancia de los caudales del Estado, así como anticipar la recuperación de los mismos.
Es deber del Ente Superior de Control Fiscal cambiar el viejo criterio de fiscalización, para dar paso a un nuevo y moderno sistema de vigilancia de la gestión fiscal, que ponga en alerta a las instituciones estatales y particulares que administran o manejan fondos o bienes de la Nación.
Para el cumplimiento de sus funciones, es imperativo que la Contraloría General de la República haga uso no sólo de las herramientas tecnológicas sino también de los sistemas informáticos y de comunicación, en la planeación y el control del proceso auditor. Para tales efectos se suscribió un convenio de cooperación técnica entre la Contraloría General de la República de Colombia y la Contraloría General de Chile, el cual incluye la cesión a título gratuito, a la Contraloría General de la República de Colombia por parte de la Contraloría General de la República de Chile, del Sistema Integrado para el Control de Auditorías (SICA).
Que las políticas y lineamientos para elaborar el Plan General de Auditoría (PGA), 2013, tienen como propósito orientar el ejercicio de un control fiscal, acorde con lo establecido en el Plan estratégico 2010-2014; el cual establece como uno de sus objetivos la modernización del control fiscal.
En este contexto, la Planificación y Programación del Plan General de Auditoría para el año 2013, se programó a través del enfoque de evaluación de las políticas públicas, como también en el análisis de riesgos de los entes objeto de control fiscal.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Iniciar el año fiscal en la Contraloría General de la República con el ejercicio de la vigilancia y el control de la gestión fiscal del Estado, a través del Plan General de Auditoría (PGA), 2013, utilizando la herramienta metodológica e informática SICA.
ARTÍCULO 2o. Las Contralorías Delegadas Sectoriales, la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción y las Gerencias Departamentales Colegiadas, así como el Equipo de Trabajo que Integra la Planta Temporal de Empleos, para la vigilancia y control fiscal del Sistema General de Regalías, serán responsables de la ejecución del PGA, conforme a los lineamientos generales establecidos e implementados en el SICA.
ARTÍCULO 3o. Las áreas responsables referidas en el artículo anterior deberán cumplir en forma estricta con los términos señalados en el PGA y determinados en el SICA, conforme al seguimiento y control que para tal efecto realice el grupo responsable del SICA.
ARTÍCULO 4o. El Director de la Oficina de Planeación presentará al Comité Directivo los reportes mensuales de seguimiento y monitoreo del PGA, de acuerdo con los resultados que arroje el SICA.
ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
12 de febrero de 2013.
La Contralora General de la República,
SANDRA MORELLI RICO.
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