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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 266 DE 2014
(enero 30)
Diario Oficial No. 49.053 de 3 de febrero de 2014
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Por medio de la cual se adiciona la Resolución Reglamentaria número 0259 del 20 de diciembre de 2013.
LA CONTRALORA GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 267 y numeral 5 del artículo 268 de la Constitución Política, Decreto-ley 267 de 2000, Decreto-ley 271 de 2000, Ley 610 de 2000, Ley 1474 de 2011, Resolución Orgánica 5500 de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Reglamentaria número 0259 del 20 de diciembre de 2013, la Contraloría General de la República creó un grupo especial de trabajo, con el objetivo de que efectúe “…, seguimiento y control administrativo a las actuaciones que con ocasión a las funciones misionales de la Contraloría General de la República, esta debe adelantar y que guarden relación con aspirantes a cargos de elección popular en las jornadas que se llevarán a cabo en el calendario electoral 2014…”;
Que el artículo 42 de la Ley 610 de 2000 prescribe como garantía de defensa del implicado que “…[q]uien tenga conocimiento de la existencia de indagación preliminar o de proceso de responsabilidad fiscal en su contra y antes de que se le formule auto de imputación de responsabilidad fiscal, podrá solicitar al correspondiente funcionario que le reciba exposición libre y espontánea…”, puntualizando que “…, no podrá dictarse auto de imputación de responsabilidad fiscal si el presunto responsable no ha sido escuchado previamente dentro del proceso en exposición libre y espontánea…”;
Que la exposición libre y espontánea rendida dentro del Proceso de Responsabilidad Fiscal e incluso en la Indagación Preliminar, se recibe de aquella persona que encuentre presuntamente comprometida su responsabilidad Fiscal, en el entendido de que en dicha diligencia, libre de cualquier apremio o coerción, se manifieste sobre los hechos generadores del proceso de Indagación o Investigación y de su presunta participación en los mismos, explicando en consecuencia, las circunstancias que rodearon los sucesos y en ese orden la conducta objeto de investigación;
Que atendiendo a lo observado en la Resolución número 0259 de 2013 que estableció la necesidad de garantizar condiciones de igualdad entre candidatos, conlleva a establecer las previsiones necesarias y suficientes que eviten cualquier tipo de arbitrariedad que atente contra el principio de moralidad, principio este rector de las actividades propias misionales de la Contraloría General de la República, en las que de una u otra forma puedan verse inmersos los ciudadanos que aspiren a ser elegidos;
Que en ese orden, en los casos en los cuales sea menester adelantar la recepción de exposición libre y espontánea a personas que de una u otra manera se encuentren inmersos en las situaciones que motivaron la expedición de la Resolución de marras, es decir a aspirantes a cargos de elección popular que se llevarán a cabo en el calendario electoral 2014, en los eventos en que el Director del proceso requiera que la misma deba presentarse de manera presencial, ella podrá presentarse de manera escrita, en el entendido, de que con dicho documento, el presunto responsable accede a la garantía de defensa, que lo anotado en el artículo 42 de la Ley 610 de 2000 le otorga, pues en igual forma se considera libre de todo apremio o coerción y en todo caso se le garantiza su acceso al trámite propio del respectivo proceso, anotando en todo caso, que el Director del Proceso, valorará, una vez recibido y evaluado el contenido del documento contentivo de la exposición libre y espontánea, si requiere un ampliación de la misma, haciéndoselo saber al versionista; así mismo, en el evento en que dicha versión libre deba ser recepcionada fuera del Despacho del Operador Fiscal, este último, podrá requerir el acompañamiento del grupo especial creado mediante la Resolución número 0259 del 20 de diciembre de 2013;
Que lo buscado por este ente de control, a través de lo antes anotado, siempre ha sido garantizar el principio de moralidad administrativa previsto para la totalidad de las actuaciones adelantadas por la Contraloría General de la República, en ejercicio de las funciones de control fiscal que le competen;
Que la Resolución Reglamentaria número 0259 de 2013 se encuentra vigente, por lo que es procedente la adición acá planteada;
En mérito de lo expuesto, la Contralora General de la República,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adicionar la Resolución número 0259 del 20 de diciembre de 2013, en los términos planteados en la parte motiva de esta resolución.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 30 de enero de 2014.
La Contralora General de la República,
SANDRA MORELLI RICO.
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