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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 276 DE 2014

(marzo 18)

Diario Oficial No. 49.096 de 18 de marzo de 2014

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Por la cual se delega una función.

LA CONTRALORA GENERAL DE LA REPÚBLICA,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 45 de la Ley 42 de 1993, dispuso que el Contralor General de la República, o su delegado, presencie los actos de emisión, retiro de circulación e incineración de moneda que realice el Estado.

Que el artículo 27 del Decreto-ley número 267 de 2000 faculta al Contralor General de la República para delegar, mediante acto administrativo, aquellas funciones atribuidas a la Contraloría General de la República por las que deba responder, con excepción de lo señalado en el artículo 29 del mismo decreto. Esta delegación podrá hacerse en los servidores públicos de los niveles directivo y asesor de la Contraloría General de la República.

Que el Director del Departamento de Tesorería del Banco de la República remite mensualmente la programación para la destrucción de billetes amortizables, en las sucursales del Banco de la República ubicadas en diferentes ciudades del país.

Que debe delegarse en funcionarios del nivel directivo de las Gerencias Departamentales Colegiadas de la Contraloría General de la República, la función de que trata el artículo 45 de la Ley 42 de 1993.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar en el Gerente Departamental la función de presenciar los actos de emisión, retiro de circulación e incineración de moneda que realice el Banco de la República, en las sucursales indicadas por el mismo Banco.

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ARTÍCULO 2o. El respectivo Gerente Departamental podrá designar un funcionario de la Gerencia Departamental Colegiada para que concurra al procedimiento de destrucción de billetes amortizables, de acuerdo con la programación enviada previamente por el Banco de la República.

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ARTÍCULO 3o. Una vez el Despacho del Contralor General de la República reciba la programación mensual por parte del Banco de la República, se comunicará lo pertinente a los Gerentes Departamentales, por el medio más expedito, cuando la ciudad sede de la Gerencia Departamental esté incluida en dicha programación.

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ARTÍCULO 4o. El Gerente Departamental remitirá informe a la Contraloría Delegada para la Gestión Pública e Instituciones Financieras, respecto de las diligencias de destrucción de billetes amortizables, que se hubiesen realizado durante el mes inmediatamente anterior. Dicho informe deberá acompañarse de una copia del Acta suscrita durante la diligencia.

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ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 18 de marzo de 2014.

La Contralora General de la República,

SANDRA MORELLI RICO.

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ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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