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RESOLUCION ORGANICA 5622 DE 2004
(noviembre 10)
Diario Oficial 45.749 de 1 de diciembre de 2004
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Por medio de la cual se delegan unas funciones en el Gerente del Talento Humano y se deroga la Resolución Orgánica 05055 del 30 de marzo de 2000.
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en uso de sus atribuciones constitucionales, legales, y
CONSIDERANDO:
Que los artículos 65 y 70 del Decreto Reglamentario 1950 de 1973 facultan al jefe del organismo o a quien haya recibido delegación para conceder licencias ordinarias, por enfermedad y maternidad;
Que el artículo 9o del Decreto-ley 1045 de 1978 faculta al jefe del organismo o a los funcionarios en quienes él delegue tales atribuciones para conceder vacaciones;
Que el artículo 14 del Decreto-ley 1045 de 1978 consagra que las autoridades facultadas para conceder vacaciones podrán aplazarlas por necesidades del servicio;
Que el artículo 16 del Decreto-ley 1045 de 1978 establece que la interrupción, así como la reanudación de las vacaciones, deberán decretarse mediante resolución motivada expedida por el jefe de la entidad o por el funcionario en quien se haya delegado tal facultad;
Que el artículo 20 del Decreto-ley 1045 de 1978, literal b) señala que las vacaciones podrán ser compensadas en dinero cuando el emple ado público o trabajador oficial quede retirado definitivamente del servicio sin haber disfrutado las vacaciones causadas hasta entonces;
Que el artículo 35 del Decreto-ley 720 de 1978, (modificado por el artículo 2o del Decreto 1286 de 1978) establece: "Cuando por razones especiales del servicio fuere necesario realizar trabajo en horas distintas de la jornada ordinaria de labor, el Contralor General de la República, o las personas en quienes este hubiere delegado tal atribución, autorizará descanso compensatorio o pago de horas extras";
Que el literal c) del mismo artículo consagra que el reconocimiento del tiempo de trabajo suplementario se hará por resolución motivada;
Que el artículo 39 del Decreto-ley 720 de 1978, (modificado por el artículo 3o del Decreto 1286 de 1978), literal b), respecto del trabajo ocasional en días dominicales y festivos contempla: "El trabajo deberá ser autorizado previamente por el Contralor General de la República o por la persona en quien este hubiere delegado tal atribución, mediante comunicación escrita en la cual se especifiquen las tareas que hayan de desempeñarse";
Que el literal c) del mismo artículo consagra que el reconocimiento del trabajo en día de vacancia, se hará por resolución motivada;
Que mediante Resolución 05055 del 30 de marzo de 2000, se delegó en el Gerente del Talento Humano la función de autorizar y reconocer las vacaciones, la compensación en dinero de las vacaciones causadas y no disfrutadas, licencias ordinarias, licencias por enfermedad y maternidad a los funcionarios de la Contraloría General de la República, excepto Contralor General y Vicecontralor;
Que el artículo 26 del Decreto-ley 267 del 22 de febrero de 2000 faculta al Contralor General de la República para delegar competencias administrativas,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Delegar en el Gerente del Talento Humano la función de autorizar y reconocer las vacaciones, el aplazamiento, la interrupción y la autorización de disfrute de las vacaciones de los funcionarios de la Contraloría General de la República, excepto las del Contralor General y Vicecontralor; de igual forma, la de reconocer y compensar en dinero las vacaciones causadas y no disfrutadas de los ex funcionarios de la entidad.
ARTÍCULO 2o. Delegar en el Gerente del Talento Humano la función de autorizar y reconocer las licencias por enfermedad general, accidente de trabajo, maternidad y paternidad; al igual que conceder las licencias ordinarias.
ARTÍCULO 3o. Delegar en el Gerente del Talento Humano la función de autorizar y reconocer las horas extras, el trabajo en días de vacancia de los funcionarios de la Contraloría General de la República y el reconocimiento de descanso compensatorio.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución Orgánica 05055 del 30 de marzo de 2000.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 10 de noviembre de 2004.
El Contralor General,
Antonio Hernández Gamarra.
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