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RESOLUCION ORGANICA 5681 DE 2005
(julio19)
Diario Oficial No. 45.993 de 07 de agosto de 2005
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Por la cual se modifica el artículo 2o de la Resolución Orgánica número 5586 de 8 de junio de 2004 y se delega la función de ordenar el archivo de las diligenciaso actuaciones dentro del proceso por recibir más de una asignación provenientedel Tesoro Público.
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en los artículos 26 y 27 del Decreto-ley 267 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que el inciso 1o del artículo 267 de la Constitución Política, establece que"El control fiscal es una funciónpública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila lagestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades quemanejen fondos o bienes de la Nación";
Que deconformidad con el numeral 12 del artículo 268 de la Constitución Política, esatribución del Contralor General de la República"Dictar normas generalespara armonizar los sistemas de control fiscal de todas las entidades públicasdel orden nacional y territorial";
Que elartículo 128 de la Constitución Política de Colombia de 1991 consagra laprohibición de percibir más de una asignación que provenga del Tesoro Público enlos siguientes términos:"Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de unempleo público ni recibir más de una asignación que provenga del tesoro público,o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado,salvo los casos expresamente determinados por la ley.
Entiéndesepor tesoro público el de la Nación, el de lasentidades territoriales y el de las descentralizadas";
Que elDecreto-ley 1713 de 1960, expedido por el Presidente de la República, enejercicio de facultades extraordinarias, en su artículo 10 señala:"Facúltaseal Contralor General de la República para que, pormedio de resoluciones, ordene el reintegro, a favor de la Nación, de las sumasque se perciban por violación de los límites fijados en el presente Decreto; las resoluciones que se dicten en estos casos, una vez agotados los recursos legalespara hacer tránsito a la cosa juzgada, constituyen título ejecutivo a favor dela Nación, y se hará efectivo ante el Juzgado Nacional de EjecucionesFiscales";
Que elartículo 11 del mismo Decreto-ley 1713 de 1960 prescribe:"El ContralorGeneral de la República, como suprema autoridad fiscal de la Nación, quedafacultado, igualmente, para prescribir lo concerniente a la vigilancia ycumplimiento de las disposiciones de este Decreto";
Que la Resolución Orgánica 5586 de 8 de junio de 2004, establece el trámite que se debeseguir en la Contraloría General de la República dentro del proceso por percibirmás de una asignación proveniente del Tesoro Público, en su artículo 2o, contemplala facultad que tiene el Contralor General de la República paraordenar el reintegro de las sumas percibidas con desconocimiento de laprohibición contenida en el artículo 128 de la Constitución Política o paraordenar el archivo de las respectivas diligencias o actuaciones;
Que el artículo 211 de la Constitución Política, establece la figura jurídica de ladelegación, defiriendo a la ley, la regulación de las condiciones para que lasautoridades administrativas puedan delegar sus funciones en los subalternos o enotras autoridades;
Que el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, dispone que las autoridades administrativasen virtud de lo ordenado en la Constitución Política y de conformidad con estaley, podrán mediante acto de delegación transferir el ejercicio de funciones asus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines ocomplementarias;
Que lacompetencia es entendida como la manera de distribución del conocimiento de losprocesos en los diferentes órganos jurisdiccionales, y en el caso que nos ocupa,en las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República, locual, puede realizarse a través de la figura jurídica de la delegación;
Que una vezsuscrito el acto administrativo de delegación, la competencia debe ser asumidaen forma inmediata por el delegatario;
Que los artículos 26 y 27 del Decreto-ley 267 de 2000, le confieren al Contralor Generalde la República la atribución para delegar facultades y otorgar competencias enasuntos administrativos, técnicos, jurídicos y funciones de control fiscal, enlos servidores públicos del nivel directivo y asesor de la Contraloría Generalde la República;
Queatendiendo las precisas facultades otorgadas en los artículos 26 y 27 delDecreto-ley 267 de 2000, y por necesidades del servicio, para dar cumplimiento alos principios de celeridad y eficacia dentro de los procesos por percibir másde una asignación proveniente del tesoro público, se hace necesario delegar enel Director de la Oficina Jurídica, la función de ordenar el archivo de lasdiligencias o actuaciones dentro de los procesos por violación al artículo 128 Constitucional, que debe conocer el Contralor General de la República, al igualque, adelantar las demás actuaciones administrativas propias de dichotrámite;
Que confundamento en las consideraciones anteriores, el Contralor General de laRepública,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Delegar en el Director de la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República, la función de ordenar el archivo de las diligencias o actuaciones dentro de los procesos por recibir más de una asignación proveniente del Tesoro Público, y de adelantar los demás trámites administrativos propios de dicho procedimiento.
ARTÍCULO 2o. El presente Acto Administrativo modifica en lo pertinente el artículo 2o de la Resolución Orgánica 5586 de 8 de junio de 2004.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en elDiario Oficial.
Publíquese ycúmplase.
Dada enBogotá, D. C., a 19 de julio de 2005.
El Contralor General de la República,
ANTONIO HERNÁNDEZ GAMARRA.
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