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RESOLUCION ORGANICA 5685 DE 2005
(julio 27)
Diario Oficial No. 46.059 de 12 de octubre de 2005
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución Orgánica 5045 de 9 de marzo de 2000.
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en uso de sus atribuciones constitucionales, legales, y en especial las contenidas en los artículos 7o y 10 del Decreto-ley 269 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto-ley 271 de 22 de febrero de 2000, en su artículo 2o, establece la planta de personal de la Contraloría General de la República;
Que el Decreto-ley 271 de 22 de febrero de 2000, en su artículo 3o, señala que el Contralor General de la República, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta de personal, teniendo en cuenta la est ructura interna, las necesidades del servicio, los planes, programas, procesos, proyectos y políticas de la Contraloría General de la República;
Que mediante la Resolución Orgánica 5045 de 9 de marzo de 2000, “por la cual se distribuyen los cargos de la planta de personal, en los niveles central y desconcentrado por dependencias y se derogan unas resoluciones orgánicas”, se distribuyó la planta de personal de las Gerencias Departamentales en cuatro (4) grupos, así:
1. Despacho Gerente Departamental.
2. Grupos Delegados de Vigilancia Fiscal.
3. Grupos de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva.
4. Grupos Delegados para la Participación Ciudadana y en los sectores: Agropecuario, Minas y Energía, Defensa, Justicia y Seguridad, Gestión Pública, Infraestructura Física y Telecomunicaciones, Comercio Exterior y Desarrollo Regional, Medio Ambiente, Social, Investigaciones, Juicios Fiscales, Jurisdicción Coactiva, Atención Ciudadana y Promoción y Desarrollo del Control Ciudadano;
Que de acuerdo con lo establecido anualmente en el Plan General de Auditoría, PGA, y a los cambios que se han venido presentando en la organización de las Gerencias Departamentales, es indispensable modificar su estructura para convertirlas en áreas funcionales, acorde al concepto de planta global, donde las personas que conforman los diferentes Grupos de Trabajo puedan desarrollar competencias y habilidades que apunten al desempeño de actividades misionales integrales;
Que mediante Oficio 2005 IE22181 de 15 de junio de 2005, la Oficina de Planeación de la Entidad avaló la modificación parcial del artículo 2o de la Resolución Orgánica 5045 de 9 de marzo de 2000, en el sentido de estructurar cuatro (4) Grupos de Trabajo en las Gerencias Departamentales, con el objeto de optimizar la programación y utilización del recurso humano, conformados así:
1. Despacho del Gerente Departamental.
2. Grupo de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva.
3. Grupo de Vigilancia Fiscal, y
4. Grupo de Participación Ciudadana.
Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar parcialmente el artículo 2o, de la Resolución Orgánica 5045 de 9 de marzo de 2000, en lo que atañe al Nivel Desconcentrado, en el sentido de suprimir en las Gerencias Departamentales los Sectores: Agropecuario, Minas y Energía, Defensa, Justicia y Seguridad, Gestión Pública, Infraestructura Física y Telecomunicaciones, Comercio Exterior y Desarrollo Regional, Medio Ambiente y Social del Grupo de Vigilancia Fiscal; los Grupos de: Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva; y los Grupos Delegados para la Participación Ciudadana: Atención Ciudadana y Promoción y Desarrollo del Control Ciudadano.
ARTÍCULO 2o. La Planta de Personal de las Gerencias Departamentales, quedará conformada por cuatro (4) Grupos de Trabajo así: Despacho Gerente Departamental, Grupo de Vigilancia Fiscal, Grupo de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva y Grupo de Participación Ciudadana.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica parcialmente el artículo 2o de la Resolución Orgánica 05045 de marzo 9 de 2000.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 27 de julio de 2005.
El Contralor General de la República,
ANTONIO HERNÁNDEZ GAMARRA.
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