Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
RESOLUCIÓN ORGÁNICA 6792 DE 2012
(octubre 3)
Diario Oficial No. 48.573 de 4 de octubre de 2012
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Por la cual se crea la Secretaría Común en la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción.
LA CONTRALORA GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en uso de sus facultades constitucionales y legales, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el artículo 6o del Decreto-ley 267 de 2000, la Contraloría General de la República en ejercicio de su autonomía administrativa debe definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones, en armonía con los principios consagrados en la Constitución Política.
Que el artículo 75 del Decreto-ley 267 de 2000 señaló que la notificación de los actos administrativos corresponderá a las dependencias de la Contraloría General de la República que las adopten, salvo aquellos cuya notificación corresponda al Contralor General de la República.
Que el numeral 4 del artículo 35 del Decreto-ley 267 de 2000 establece como función del Contralor General de la República la de “Dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República, de acuerdo con la ley”.
Que el artículo 128 de la Ley 1474 de 2011 creó dentro de la estructura de la Contraloría General de la República la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción, y en ella once (11) cargos de Contralores Delegados Intersectoriales, quienes adelantarán, entre otras actuaciones, investigaciones relacionadas con hechos de impacto nacional que exijan la intervención inmediata de la Entidad por el riesgo inminente de pérdida o afectación indebida del patrimonio público o para establecer la ocurrencia de hechos constitutivos de responsabilidad fiscal y recaudar y asegurar las pruebas para el adelantamiento de los procesos correspondientes.
Que el trámite de la acción fiscal debe adelantarse con sujeción a los principios establecidos en los artículos 29 y 209 de la Constitución Política y a los contemplados en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Que con el fin de atender más ágilmente los asuntos propios de la Unidad Anticorrupción se hace necesario crear la Secretaría Común de la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción de tal manera que funcione en forma independiente de la Secretaría Común de la Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. SECRETARÍA COMÚN. Crear una secretaría común para la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción, que estará encargada del trámite de los asuntos de esa dependencia.
El Jefe de la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción designará el funcionario responsable de la Secretaría Común de la mencionada Unidad y los funcionarios de apoyo que la integran.
ARTÍCULO 2o. FUNCIONES. Son funciones de la Secretaría Común:
1. Realizar, revisar y enviar los oficios, despachos comisorios, citaciones, edictos, estados, traslados, avisos y demás comunicaciones relacionadas con las indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal y atender al público cordial, diligente y oportunamente.
2. Velar por que la información consignada en los libros radicadores de la Secretaría Común se lleven con esmero y exactitud.
3. Guardar absoluta reserva sobre hechos y situaciones que hagan parte de las actuaciones y de los diferentes procesos que se adelanten.
4. Suministrar oportunamente los informes que le sean solicitados.
5. Permitir el examen de los expedientes a quienes estén legalmente autorizados para ello.
6. Expedir las fotocopias que sean debidamente autorizadas; garantizar y certificar su autenticidad.
7. Custodiar y mantener en orden el archivo de la secretaría.
8. Cumplir y respetar los términos establecidos para las notificaciones y demás diligencias a su cargo.
9. Recibir, radicar y darles el trámite respectivo a los escritos, recursos y demás documentos.
10. Realizar las notificaciones que sean necesarias dentro de los términos de ley, originadas en los distintos trámites y procesos.
11. Custodiar los expedientes y entregarlos a los funcionarios comisionados.
12. Las demás que tengan relación directa con la función y que le sean asignadas por sus superiores.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
La Contralora General de la República,
SANDRA MORELLI RICO.
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.