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RESOLUCIÓN ORGÁNICA 6927 DE 2013

(enero 9)

Diario Oficial No. 48.669 de 10 de enero de 2013

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Por la cual se asignan funciones al Contralor Delegado para el Sector de Infraestructura Física y Telecomunicaciones, Comercio Exterior y Desarrollo Regional de la Contraloría General de la República.

EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA (E.),

en uso de sus atribuciones constitucionales, legales; y especial la conferida por el artículo 35 del Decreto 267 de 2000 y la Resolución Ordinaria número 000146 de 4 de enero de 2013 mediante la cual se realiza encargo de funciones del Contralor General de la República, y

CONSIDERANDO:

Que en el artículo 5o, numeral 4 del Decreto-ley 267 de 2000, se establece que “Para el cumplimiento de su misión y de sus objetivos, en desarrollo de las disposiciones consagradas en la Constitución Política, le corresponde a la Contraloría General de la República: (…) 4. Ejercer funciones administrativas y financieras propias de la entidad para el cabal cumplimiento y desarrollo de las actividades de la gestión del control fiscal”.

Que el artículo 35 del Decreto-ley 267 de 2000 señala como funciones del Contralor General de la República, además de las atribuciones constitucionales y legales a él asignadas, las siguientes:

1. Fijar las políticas, planes, programas y estrategias para el desarrollo de la vigilancia de la gestión fiscal, del control fiscal del Estado y de las demás funciones asignadas a la Contraloría General de la República de conformidad con la Constitución y la ley. (…) 4. Dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República, de acuerdo con la ley”.

Que el artículo 47 del Decreto-ley 267 de 2000, numerales 1 y 3, establecen como funciones del Vicecontralor General de la República las de “1. Asistir al Contralor General en el ejercicio de sus atribuciones y velar, bajo la orientación de este, por la calidad total de las labores y competencias asignadas a la Contraloría General de la República por la Constitución y la ley. (…) 3. Velar por la buena marcha de la Contraloría General, por el eficaz desenvolvimiento de su misión constitucional y legal y por el cumplimiento de las instrucciones impartidas por el Contralor General”.

Que se hace necesario asignar en el Contralor Delegado para el Sector de Infraestructura Física y Telecomunicaciones, Comercio Exterior y Desarrollo Regional de la Contraloría General de la República, funciones que le permitan hacer un adecuado control y seguimiento a la gestión en todo lo concerniente a los hallazgos fiscales adelantados por los Delegados Sectoriales e Intersectoriales.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Asignar al Contralor Delegado para el Sector de Infraestructura Física y Telecomunicaciones, Comercio Exterior y Desarrollo Regional de la Contraloría General de la República las siguientes funciones:

1. Apoyar jurídicamente al Despacho del Vicecontralor General de la República en la verificación de la oportunidad y la idoneidad de los hallazgos formulados por los Delegados Sectoriales e Intersectoriales, identificando la racionalidad de los hallazgos, así como la eficiencia y eficacia de los mismos.

2. Verificar la formulación original de los hallazgos, en la medida en que se ajusten fácticamente a lo acaecido, y que existan indicios serios de su ocurrencia así como correspondencia con los supuestos contenidos en la normatividad vigente.

3. Indicar la reconducción acorde a derecho cuando de los hallazgos trasladados a la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción, la Contraloría Auxiliar para el Sistema General de Regalías, o a la Contraloría Delegada de Investigaciones y Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva evidencien una precaria adecuación jurídica o inexistencia de prueba fáctica de los mismos.

4. Reportar de inmediato al señor Vicecontralor General de la República el estado de las auditorías y de las actuaciones tendientes a establecer responsabilidad fiscal y en general cualquier situación que pueda afectar la sustanciación de los procesos, quien adoptará los correctivos a que haya lugar.

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ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de su publicación.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 9 de enero de 2013.

El Contralor General de la República (E.)

CARLOS FELIPE CÓRDOBA LARRARTE.

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