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CAPÍTULO ÚNICO.

TRANSITORIEDAD EN LA RENDICIÓN DE LA MODALIDAD DE REGALÍAS.

ARTÍCULO 31. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Minas y Energía, la Agencia Nacional de Hidrocarburos, el Departamento Nacional de Planeación, el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación, la Agencia Nacional Minera, los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD), los Gobernadores y Alcaldes, y demás ejecutores de recursos de regalías, deberán rendir antes del 30 de diciembre de 2013, la información correspondiente a la vigencia del 2012 en los formatos correspondientes del SIRECI. La información correspondiente a la vigencia de 2013 deberá ser rendida antes del 30 de enero de 2014.

Para la información correspondiente a las vigencias 2012 y 2013, el Sistema de Rendición de Cuentas e Informes (SIRECI) no estará habilitado para la solicitud ni otorgamiento de prórrogas.

La información correspondiente a la vigencia de 2014, deberá rendirse conforme a los periodos, términos y contenido previsto en la presente resolución.

TÍTULO V.

DISPOSICIONES VARIAS.

CAPÍTULO I.

INFORMACIÓN Y ARMONIZACIÓN.

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ARTÍCULO 32. OTRA INFORMACIÓN. La Contraloría General de la República podrá solicitar en cualquier tiempo a las entidades públicas del orden nacional, territorial o particulares que administren, manejen e inviertan fondos, bienes o recursos públicos, otra información diferente a la que se refiere la presente resolución, que se considere necesaria para el cumplimiento de la misión del Organismo de Control. Para tal efecto, la Contraloría General de la República mediante comunicación escrita señalará la información requerida, el término, la forma y el lugar de presentación.

CAPÍTULO II.

VIGENCIAS Y DEROGATORIAS.

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ARTÍCULO 33. La presente resolución orgánica, rige a partir de la fecha de su expedición y publicación.

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ARTÍCULO 34. Deróganse las Resoluciones Orgánicas números 6289 del 8 de marzo de 2011, 6445 del 6 de enero del 2012 y demás disposiciones reglamentarias que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá D. C., a 29 de noviembre de 2013.

La Contralora General de la República,

SANDRA MORELLI RICO.

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma - Colpensiones - Administradora Colombiana de Pensiones"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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