Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL 401 DE 2016

(marzo 17)

Diario Oficial No. 49.819 de 18 de marzo de 2016

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Por la cual se crea el Comité de Gestión del Programa, para la ejecución del “Programa de Fortalecimiento Institucional de la Contraloría General de la República”, el cual se financia con recursos del Contrato de Préstamo BID 3593/OC-CO y se dictan otras disposiciones.

EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,

en uso de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial, las conferidas por el numeral 4 del artículo 35 y artículo 76 del Decreto-ley 267 de febrero 22 de 2000.

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Nacional de Política Económica y Social, mediante documento Conpes 3841 del 14 de agosto del 2015, emitió “Concepto favorable a la Nación para contratar un empréstito externo con la Banca Multilateral hasta por USD 30 millones, o su equivalente en otras monedas, destinado a financiar el Programa de Fortalecimiento Institucional de la Contraloría General de la República”, el cual señala en el punto 4.4. Capacidad institucional y mecanismos de ejecución, la creación de un Comité de Gestión del Programa (CGP) por medio de resolución del Contralor.

Que la República de Colombia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), suscribieron el Contrato de Préstamo número 3593/OC-CO, el 17 de febrero de 2016, con el objeto de contribuir a la financiación y ejecución del “Programa de Fortalecimiento Institucional de la Contraloría General de la República”.

Que el Programa de Fortalecimiento Institucional de la Contraloría General de la República (CGR), tiene como objetivo “Contribuir a fortalecer la efectividad del sistema de control fiscal a través del mejoramiento de la calidad, eficiencia de las acciones de control, y la promoción de la transparencia y participación ciudadana”.

Que el Contrato de Préstamo BID 3593/OC-CO dentro del esquema de ejecución del programa, estableció en el numeral 4.01 del Anexo Único la obligación de la CGR de conformar, por medio de resolución del Contralor, un Comité de Gestión del Programa (CGP).

Que el Decreto-ley 267 de febrero de 2000, artículo 76 señala que “Los objetivos, integración y las funciones de los consejos, comités, comisiones y juntas y las funciones de los consejos, comités y comisiones y juntas estarán establecidas por las disposiciones legales correspondiente. El Contralor General podrá reglamentar estos aspectos tanto para los órganos de creación legal como para los que él decida conformar para suplir las necesidades del servicio”.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

TÍTULO ÚNICO.

PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (CGR).

CAPÍTULO I.

DIRECCIÓN DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (CGR).

ARTÍCULO 1o. DIRECCIÓN DEL PROGRAMA. La Dirección del programa de Fortalecimiento Institucional de la Contraloría General de la República, estará a cargo del Contralor General de la República, como máxima autoridad del programa.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DEL PROGRAMA. Son funciones de la Dirección del Programa de Fortalecimiento Institucional de la Contraloría General de la República, las siguientes:

1. Dirigir el Programa.

2. Tomar decisiones estratégicas del Programa.

3. Dirimir cualquier diferencia interna en la CGR, que se pueda presentar en la ejecución del contrato de préstamo BID 3593/OC-CO.

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. APOYO A LA DIRECCIÓN DEL PROGRAMA. Apoyarán a la Dirección del Programa de Fortalecimiento Institucional de la Contraloría General de la República, la Vicecontraloría, el Comité de Gestión del Programa, la Unidad Ejecutora del Programa (UEP) y los Directivos y/o consultores que dicha Dirección considere necesarios.

CAPÍTULO II.

COMITÉ DE GESTIÓN DEL PROGRAMA.

Ir al inicio

ARTÍCULO 4o. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE GESTIÓN DEL PROGRAMA Y OBJETIVO. Conformar el Comité de Gestión del Programa, en el marco del contrato de préstamo No. 3593/OCCO celebrado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) el 17 de febrero de 2016.

Dicho comité será el encargado de coordinar institucionalmente las dependencias técnicas y operativas que intervienen en la ejecución del programa.

Ir al inicio

ARTÍCULO 5o. COMPOSICIÓN DEL COMITÉ DE GESTIÓN DEL PROGRAMA. El Comité de Gestión del Programa de Fortalecimiento de la CGR, estará conformado por:

1. El Contralor General de la República.

2. El Vicecontralor General de la República.

3. El Director de la Oficina de Planeación.

4. El Gerente del Programa.

5. El Gerente de Gestión Administrativa y Financiera.

En caso de requerirse por el comité, podrán participar en este el jefe de la Oficina de Sistemas e Informática; el Contralor Delegado para la Participación Ciudadana, el Contralor Delegado para Economía y Finanzas Públicas; el Contralor Delegado de Investigaciones, juicios fiscales y Jurisdicción Coactiva; los Contralores Delegados Sectoriales, y los demás que el Comité de Gestión del Programa considere.

Ir al inicio

ARTÍCULO 6o. FUNCIONES DEL COMITÉ DE GESTIÓN DEL PROGRAMA. Son funciones del Comité de Gestión del Programa, las siguientes:

1. Coordinar institucionalmente las dependencias técnicas y operativas que intervienen en la ejecución del programa.

2. Aprobar y poner en vigencia el Plan de Ejecución Plurianual del Programa (PEP), el Plan Anual Operativo (POA), el Plan de Adquisiciones (PA), antes de ser remitidos al BID para su aprobación.

3. Revisar y aprobar los cambios que sean necesarios en el Plan de Ejecución Plurianual del Programa (PEP), el Plan Anual Operativo (POA) y el Plan de Adquisiciones (PA) cuando se modifique el objetivo de la contratación.

4. Verificar permanentemente los avances, productos e indicadores del programa.

5. Conocer y considerar los resultados de las auditorías efectuadas al Programa y las acciones de mejora que se implementen.

6. Adoptar las medidas necesarias para propender por la adecuada implementación y sostenibilidad de los productos resultantes del programa.

7. Estudiar y revisar los requerimientos financieros del Programa.

8. Las demás, que para la ejecución del programa, le asigne el Contralor General de la República.

PARÁGRAFO 1o. La Secretaría Técnica del Comité de Gestión del Programa estará a cargo de la Unidad Ejecutora del Programa (UEP), de conformidad con lo establecido en el numeral 4.01 del Anexo Único del contrato de préstamo BID 3593/OC-CO.

Ir al inicio

ARTÍCULO 7o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese, y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 17 de marzo de 2016.

El Contralor General de la República,

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma - Colpensiones - Administradora Colombiana de Pensiones"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.