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RESOLUCIÓN 27 DE 2019
(abril 12)
Diario Oficial No. 50.932 de 22 de abril 2019
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 135 de 2015 que actualizó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta permanente de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,
en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 3 del artículo 6o del Decreto 4048 de 2008, los artículos 2.2.18.1.1, y 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 0135 del 22 de diciembre de 2015 se actualizó el Manual de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta permanente de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Que dentro del proceso de mejora continua, se evidencia la necesidad de adicionar Núcleos Básicos del Conocimiento (NBC) en el Proceso de Operación Aduanera, incluir algunas funciones en unos roles de empleos del Proceso de Gestión Humana y especializar las funciones de los roles de descripción de empleo que hacen parte del Laboratorio de Aduanas, producto de su modernización.
Que en consecuencia, se requiere ajustar en lo pertinente el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la U.A.E DIAN, para hacerlo coherente con los perfiles de empleo requeridos.
Que de conformidad con el artículo 1o del Decreto 51 de 2018, que modificó parcialmente el Decreto 1083 de 2015, las entidades deberán socializar con las organizaciones sindicales las modificaciones o actualizaciones al Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, trámite surtido previo a la expedición del presente acto administrativo.
Que en mérito de lo expuesto, el Director General,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar parcialmente el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para el siguiente empleo de la planta permanente de personal del proceso de Operación Aduanera, adicionando el siguiente Núcleo Básico del Conocimiento (NBC) en el empleo relacionado a continuación:

ARTÍCULO 2o. Modificar las fichas de descripción de los empleos del Proceso de Gestión Humana que a continuación se señalan, en lo relativo a la inclusión de unas funciones.
| DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | NÚMERO DE FICHA | ROL |
| Gestor IV 304 04 | GH3005 | Gestor IV de Gestión Humana |
| Gestor III 303 03 | GH3006 | Gestor III de Gestión Humana |
| Gestor II 302 02 | GH3007 | Gestor II de Gestión Humana |
| Gestor I 301 01 | GH3010 | Gestor I de Gestión Humana |
ARTÍCULO 3o. Modificar las fichas de descripción de los empleos del Proceso de Gestión Aduanera que a continuación se señalan, en lo relativo a funciones, Núcleos Básicos del Conocimiento, conocimientos esenciales y lugar de aplicación.
| DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | NÚMERO DE FICHA | ROL |
| Inspector II 306 06 | OA3008 | Inspector II del Laboratorio |
| Inspector I 305 05 | OA3011 | Inspector I del Laboratorio |
| Gestor IV 304 04 | OA3014 | Gestor IV del Laboratorio |
| Gestor III 303 03 | OA3017 | Gestor III del Laboratorio |
| Gestor II 302 02 | OA3018 | Gestor II del Laboratorio |
| Gestor I 301 01 | OA3022 | Gestor I del Laboratorio |
ARTÍCULO 4o. Eliminar las siguientes fichas de descripción del empleo del proceso de Operación Aduanera aplicables al Laboratorio de Aduanas.
| DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | NÚMERO DE FICHA | ROL |
| Inspector IV 308 08 | OA3003 | Inspector IV del Laboratorio |
| Inspector III 307 07 | OA3005 | Inspector III del Laboratorio |
ARTÍCULO 5o. Crear las siguientes fichas de descripción del empleo del proceso de Operación Aduanera aplicables al Laboratorio de Aduanas.
| DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | NÚMERO DE FICHA | ROL |
| Inspector IV 308 08 | OA3030 | Inspector IV del Laboratorio para materiales |
| Inspector IV 308 08 | OA3031 | Inspector IV del Laboratorio para muestras inorgánicas |
| Inspector IV 308 08 | OA3032 | Inspector IV del Laboratorio para muestras orgánicas |
| Inspector III 307 07 | OA3033 | Inspector III del Laboratorio para materiales |
| Inspector III 307 07 | OA3034 | Inspector III del Laboratorio para muestras inorgánicas |
| Inspector III 307 07 | OA3035 | Inspector III del Laboratorio para muestras orgánicas |
| Inspector II 306 06 | OA3036 | Inspector II del Laboratorio para materiales |
| Inspector II 306 06 | OA3037 | Inspector II del Laboratorio para muestras inorgánicas |
| Inspector II 306 06 | OA3038 | Inspector II del Laboratorio para muestras orgánicas |
| Inspector I 305 05 | OA3039 | Inspector I del Laboratorio para materiales |
| Inspector I 305 05 | OA3040 | Inspector I del Laboratorio para muestras inorgánicas |
| Inspector I 305 05 | OA3041 | Inspector I del Laboratorio para muestras orgánicas |
| Gestor IV 304 04 | OA3042 | Gestor IV del Laboratorio para materiales |
| Gestor IV 304 04 | OA3043 | Gestor IV del Laboratorio para muestras inorgánicas |
| Gestor IV 304 04 | OA3044 | Gestor IV del Laboratorio para muestras orgánicas |
| Gestor III 303 03 | OA3045 | Gestor III del Laboratorio para materiales |
| Gestor III 303 03 | OA3046 | Gestor III del Laboratorio para muestras inorgánicas |
| Gestor III 303 03 | OA3047 | Gestor III del Laboratorio para muestras orgánicas |
ARTÍCULO 6o. VIGENCIAS Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las normas que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 12 de abril de 2019
El Director General,
José Andrés Romero Tarazona.
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