Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 70 DE 2017

(diciembre 28)

Diario Oficial No. 50.461 de 29 de diciembre de 2017

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por la cual se modifica el artículo 3o de la Resolución 001241 del 9 de diciembre de 2008.

LA DIRECTORA DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DIRECTOR GENERAL,

en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 53 de la Ley 633 del 2000 modificado por el artículo 30 de la Ley 1762 de 2015, en los numerales 1 y 23 del artículo 6o y los parágrafos de los artículos 35 modificado y 36 del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 53 de la Ley 633 de 2000 modificado por el artículo 30 de la Ley 1762 de 2015 establece que los funcionarios de la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera podrán desarrollar sus funciones conforme las competencias dadas y a los procedimientos establecidos con el Director General de la UAE-DIAN;

Que el artículo 35 del Decreto 4048 establece que cuando las circunstancias lo exijan, previa autorización del Director General, los funcionarios de la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera, podrán apoyar temporalmente a los empleados públicos de la DIAN, en ejercicio de las funciones y competencias que desarrollen en materia aduanera y cambiaria en zona primaria aduanera y establecimientos de comercio no abiertos al público;

Que es necesario contar con el apoyo de un cuerpo armado en el Aeropuerto Internacional El Dorado de la ciudad de Bogotá, D. C., facultado para ejercer acciones de control en las áreas de viajeros, carga y tráfico postal, encaminadas a garantizar no solo la sostenibilidad fiscal del Estado, sino también a la prevención, disuasión y represión del crimen organizado.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modifíquese el artículo 3o de la Resolución 001241 del 9 de diciembre de 2008, modificado por las Resoluciones 006778 de 2009, 00548 de 2010, 008146 de 2010, 00684 de 2011, 9024 de 2011, 0022 del 2012, 0025 de 2013, 0035 de 2013, 0105 de 2013, 045 de 2014, 0180 del 2014, 221 del 2014, 266 del 2014, 040 del 2015, 102 del 2015, 005 del 2016 y 083 de 2016 el con el cual quedará así:

"Artículo 3o. Autorización. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 633 del 2000 modificado por el artículo 30 de la Ley 1762 de 2015, y en el parágrafo de los artículos 35 y 36 del Decreto 4048 de 2008, se autoriza hasta el 31 de diciembre de 2018, a los funcionarios de la Policía Fiscal y Aduanera para ejercer actividades de apoyo en el control aduanero en las áreas de viajeros, carga y tráfico postal en zona primaria aduanera en el Aeropuerto El Dorado de la ciudad de Bogotá, D. C.

El apoyo por parte de la Policía Fiscal y Aduanera será ejercido de manera permanente durante el periodo autorizado en la presente resolución y para ello podrá disponer de mecanismos y medios de detección acordes al Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos".

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a 28 de diciembre de 2017.

La Directora de Gestión Organizacional encargada de las funciones del Director General mediante Resolución 3984 del 27 de noviembre de 2017,

NATASHA AVENDAÑO GARCÍA

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma - Colpensiones - Administradora Colombiana de Pensiones"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.