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RESOLUCIÓN 269 DE 2014
(diciembre 30)
Diario Oficial No. 49.383 de 2 de enero de 2015
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Por la cual se delegan unas funciones en materia de administración de personal, contractual y de otros asuntos en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 y el artículo 49 del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que el inciso primero del artículo 2o del Decreto 1071 de 1999 dispone que la representación legal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales está a cargo del Director General, quien podrá delegarla;
Que el artículo 75 del Decreto 1072 de 1999 señala que en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, el Director General es el titular de la facultad de decidir sobre las situaciones administrativas quien podrá delegarla;
Que el inciso primero del artículo 209 de la Constitución Política establece que: “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.
Que de conformidad con el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.
Que el artículo 37 del Decreto-Ley 2150 de 1995 establece que los jefes y los representantes legales de las Entidades Estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos, sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos, en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes.
Que en aras de hacer ágil, eficiente y eficaz el funcionamiento de la Entidad es necesario delegar algunas funciones en materia de administración de personal, contractual y de otra índole.
Por lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Delegar en el Director de Gestión de Recursos y Administración Económica de la DIAN, las siguientes facultades de nominación:
1. Nombramiento en los empleos de la planta de personal de la Entidad.
2. Vinculación de Personal Supernumerario.
3. Efectuar encargos en empleos de libre nombramiento y remoción.
4. Dar posesión a los empleados públicos del Nivel Directivo y Asesor.
5. Conceder comisión a los empleados públicos de la DIAN para ejercer cargos de libre nombramiento y remoción o de período.
6. Aceptación de renuncias.
7. Hacer efectivas las sanciones disciplinarias que le sean impuestas a los empleados públicos de la DIAN.
ARTÍCULO 2o. Delegar en el Director de Gestión de Recursos y Administración Económica de la DIAN, las decisiones sobre las siguientes situaciones administrativas:
1. La Designación de Jefatura en caso de vacancia absoluta de las jefaturas de las dependencias del Nivel Central y de las de Director Seccional y sobre revocatoria de las mismas.
2. Suspensión del ejercicio del cargo de los funcionarios de la Entidad, o el levantamiento de la suspensión.
3. Las licencias no remuneradas para adelantar estudios.
4. Determinar la conveniencia de adelantar el trámite de comisión de estudios en el exterior de un servidor público de la DIAN, presentar la solicitud de autorización correspondiente, ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y ante la Presidencia de la República y demás actuaciones administrativas requeridas al interior de la entidad.
5. Conferir a los empleados públicos de la DIAN comisión de servicios al exterior.
ARTÍCULO 3o. Delegar en el Director de Gestión de Recursos y Administración Económica de la DIAN, la competencia en materia contractual y la correspondiente a ordenación del gasto cuya cuantía sea superior a 7000 smmlv.
Esta delegación comprende todas las facultades relativas a la actividad precontractual, contractual y poscontractual para la cuantía delegada, inclusive de los contratos celebrados con anterioridad a la expedición de la presente resolución.
ARTÍCULO 4o. Delegar en el Director de Gestión de Recursos y Administración Económica de la DIAN, las siguientes facultades:
1. Dar respuesta a Derechos de Petición y resolver recursos en vía gubernativa cuya competencia corresponda al Director General.
2. Realizar la certificación de que trata el artículo 68 del Decreto 3036 de 2013, o la disposición o norma que lo modifique o sustituya.
ARTÍCULO 5o. Delegar en el Director de Gestión de Recursos y Administración Económica, la siguiente función:
1. Expedir, cuando las circunstancias lo exijan, la Resolución que declare la contingencia de que trata el artículo 579-2 del Estatuto Tributario.
ARTÍCULO 6o. Delegar, en el Subdirector de Gestión de Recursos Financieros de la DIAN, la siguiente función:
1. Autorizar las comisiones al interior del país del Director de Gestión de Recursos y Administración Económica.
ARTÍCULO 7o. Las delegaciones de que tratan los artículos precedentes regirán del 2 al 12 de enero de 2015, inclusive.
ARTÍCULO 8o. Comunicar, a través de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos el contenido de la presente Resolución a los Directores de Gestión de Recursos y Administración Económica, de Gestión Jurídica, de Gestión de Aduanas, de Gestión de Ingresos, de Gestión de Fiscalización, de Gestión Organizacional, de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera, y a los Subdirectores de Gestión de Recursos Financieros, de Gestión de Recursos Físicos y de Gestión de Personal.
ARTÍCULO 9o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá D.C., a los 30 días del mes de diciembre de 2014.
El Director General,
SANTIAGO ROJAS ARROYO.
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