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RESOLUCIÓN 6170 DE 2017

(agosto 16)

Diario Oficial No. 50.329 de 18 de agosto de 2017

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por la cual se prorroga la duración de la Prueba Piloto de Teletrabajo en la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en los numerales 3 y 22 del artículo 6o del Decreto 4048 de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 4059 del 7 de junio de 2016 se autorizó realizar una “Prueba Piloto de Teletrabajo” en la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), con la finalidad de evaluar y validar la pertinencia, eficacia y viabilidad de implementar el teletrabajo como una nueva forma de organización laboral, utilizando las tecnologías de la información y la comunicación TIC.

Que de acuerdo con lo establecido en el parágrafo 1o del artículo 3o de la Resolución 4059 del 7 de junio de 2016, la duración de la Prueba Piloto de Teletrabajo era de seis (6) meses, contados a partir de la ubicación del empleado en la modalidad de trabajo a distancia.

Que a través de las Resoluciones 915 y 3187 del 16 de febrero y 10 de mayo de 2017, respectivamente, se prorrogó la duración de la “Prueba Piloto de Teletrabajo” en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

Que se requiere de un periodo de tiempo adicional para la revisión y análisis de los resultados de la “Prueba Piloto de Teletrabajo”, con el propósito de tomar decisiones sobre la adopción de la modalidad de teletrabajo en la organización.

Por lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Prorrogar hasta el 31 de agosto de 2017, la duración de la “Prueba Piloto de Teletrabajo”, en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

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ARTÍCULO 2o. Comunicar la presente resolución a la Dirección de Gestión de Recursos y Administración Económica y a la Subdirección de Gestión de Personal.

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ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente lo establecido en las Resoluciones 4059 del 7 de junio de 2016; 915 y 3187 del 16 de febrero y 10 de mayo de 2017, respectivamente.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 16 de agosto de 2017.

El Director General,

SANTIAGO ROJAS ARROYO.

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"Normatividad relacionada con el Sistema de Seguridad Social Integral y el Sistema General de Pensiones."
ISSN [2256-1633]
Última actualización: 31 de marzo de 2018