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RESOLUCIÓN 836 DE 2019

(junio 17)

Diario Oficial No. 50.987 de 17 de junio 2019

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por medio de la cual se delega una función.

EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN (E),

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial la conferida en el parágrafo del artículo 4o los numerales 2 y 8 del artículo 37 del Decreto ley 016 de 2014, el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 2 del artículo 4o del Decreto ley 016 de 2014, dispone que el Fiscal General de la Nación es el representante legal de la Fiscalía General de la Nación.

Que según el numeral 2 del artículo 37 del Decreto ley 016 de 2014, le corresponde al Director Ejecutivo de la entidad la dirección, el control y la evaluación de todas las actividades relacionadas con los asuntos financieros y contables, entre otros, que la misma disposición establece.

Que, igualmente, el Director Ejecutivo, de acuerdo con el numeral 8 del artículo 37 de la referida normatividad, deberá presentar los estados contables y de ejecución de presupuesto de la respectiva vigencia fiscal para la rendición de la cuenta anual, así como los informes presupuestales ante las instancias competentes. Por lo que se hace necesario delegar en el Director Ejecutivo la representación legal de la función de suscribir los estados financieros y contables de la entidad, con el lleno de los requisitos que exija la ley y presentarlos ante las instancias respectivas.

Que el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, en relación con la delegación de funciones, señala: “Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. (...)”.

Que la figura de la delegación de funciones tiene como fin descongestionar los órganos o autoridades administrativas superiores, para buscar mayor eficiencia en la gestión administrativa, en desarrollo de los principios de la función pública, tales como la eficacia, economía y celeridad.

Que por la naturaleza de la figura de la delegación, la función que en este acto se delega podrá reasumirse por el Fiscal General de la Nación cuando lo considere necesario.

En mérito de lo expuesto, esta Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar en el Director Ejecutivo la representación legal de la función de suscribir los estados financieros y contables de la entidad, con el lleno de los requisitos que exija la ley y presentarlos ante las instancias y autoridades competentes, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de esta resolución.

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ARTÍCULO 2o. El Fiscal General de la Nación podrá, en cualquier tiempo, reasumir la competencia.

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ARTÍCULO 3o. Comunicar el presente acto administrativo a la Dirección Ejecutiva y a la Subdirección Financiera, para los fines pertinentes.

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ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 17 de junio de 2019.

El Fiscal General de la Nación (e),

Fabio Espitia Garzón

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ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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