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RESOLUCIÓN 0-1321 DE 2012

(agosto 10)

Diario Oficial No. 48.524 de 16 de agosto de 2012

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por medio de la cual se delegan unas funciones de ordenación del gasto y reconocimiento de pagos.

EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN,

en uso de sus facultades legales contenidas en el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 13 de la Ley 938 de 2004, y demás disposiciones concordantes, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, preceptúa que: “Los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones o concursos en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes”.

Que el artículo 13 de la Ley 938 de 2004, dispone que: “El Fiscal General de la Nación podrá delegar en los servidores del más alto nivel de la Fiscalía General de la Nación las funciones de carácter legal que convengan al mejor cumplimiento de los objetivos de la entidad. Vigilará el desarrollo de la delegación y reasumirá las facultades delegadas cuando lo considere necesario. Parágrafo, En su condición de nominador el Fiscal General de la Nación podrá delegar la facultad de expedir los actos administrativos relacionados con la aceptación de renuncias; la vacancia por abandono del cargo; el retiro por pensión de jubilación o invalidez absoluta, muerte o retiro forzoso motivado por la edad. Así mismo podrá delegar el trámite de las situaciones administrativas, los movimientos de personal y la ejecución de las sanciones disciplinadas impuestas a servidores de la Fiscalía, por autoridad competente”.

Que mediante la Resolución número 0-0228 del 2 de febrero de 2007, se delegó la ordenación del gasto por el rubro de gastos reservados, en el Director Nacional del C.T.I. y al Jefe de la Oficina de Protección, para actividades de investigación criminal o de protección a víctimas, según corresponda.

Que el Fiscal General de la Nación mediante la Resolución número 0-3021 de mayo 23 de 2008, adoptó el manual de procedimientos para el pago de las sentencias judiciales y conciliaciones prejudiciales, en el cual dispuso además que, “El Jefe de la División Administrativa de la Fiscalía General de la Nación conocerá de todos los actos y trámites cuya cuantía sea igual o inferior a 1000 smlmv, los que superen dicha cuantía serán de conocimiento del Director Nacional Administrativo y Financiero de la Fiscalía General de la Nación hasta 5500 smlmv”.

Que en ejercicio de las facultades legales, el Fiscal General de la Nación expidió la Resolución número 0-2953 del quince (15) de diciembre de 2010, “por medio de la cual se delegó la competencia en la ordenación del gasto en las Direcciones Nacional y Seccionales Administrativas y Financieras y en el Jefe de la División Administrativa de la Fiscalía General de la Nación, en materia de contratación y pago de sentencias judiciales y conciliaciones prejudiciales atendiendo a unas cuantías. Delegación modificada por la Resolución número 0-2605 del treinta (30) de septiembre de 2011.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 209 de la Constitución Política: “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.

Que la ordenación del gasto y del pago se encuentra delegada en varios funcionarios mediante diversos actos administrativos, lo cual dificulta su seguimiento y control.

Que en virtud de los principios de economía, celeridad, eficiencia y eficacia, se deben unificar los actos administrativos delegación de ordenación del gasto y del pago, así como realizar unos ajustes en las delegaciones y sus cuantías.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

TÍTULO I.

DELEGACIÓN EN LA ORDENACIÓN DEL GASTO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN.

ARTÍCULO 1o. Delegar en el Director Nacional Administrativo y Financiero la facultad de ordenar el gasto, realizar todos los actos y trámites inherentes a los procedimientos de selección y la suscripción de los contratos, cuya cuantía sea superior a 100 smlmv, incluidas sus respectivas adiciones hasta el máximo legal.

Delegar en el Director Nacional Administrativo y Financiero la facultad de ordenar el gasto, realizar todos los actos y trámites inherentes a los procedimientos de selección y la suscripción de los contratos cuyo objeto esté referido a la adquisición de bienes y servicios con cargo al rubro de gastos reservados, incluidas sus respectivas adiciones hasta el máximo legal.

Delegar en el Director Nacional Administrativo y Financiero la facultad de ordenar el gasto, realizar todos los actos y trámites inherentes a los procedimientos de selección y la suscripción de los contratos comodato, donación y arrendamiento donde la Fiscalía General de la Nación sea donante, comodante o arrendador.

Delegar en el Director Nacional Administrativo y Financiero la facultad de celebrar convenios interadministrativos y de cooperación sin cuantía con entidades privadas y entidades públicas de orden nacional.

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ARTÍCULO 2o. Delegar en el Jefe de la División Administrativa de la Dirección Nacional Administrativa y Financiera la facultad de ordenar el gasto, realizar todos las actos y trámites inherentes a los procedimientos de selección y la suscripción de los contratos hasta la cuantía de 100 smlmv del Nivel Central, así como sus respectivas adiciones hasta el máximo legal, salvo las delegaciones especiales que se realizan en el presente acto.

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ARTÍCULO 3o. Delegar en los Directores Seccionales Administrativos y Financieros la facultad de ordenar el gasto, realizar todos los actos y trámites inherentes a los procedimientos de selección y la suscripción de los contratos, hasta cuantía de 1.000 smlmv del Nivel Seccional, dentro de la Jurisdicción de su competencia, así como sus respectivas adiciones hasta el máximo legal.

Delegar en los Directores Seccionales Administrativos y Financieros, la facultad de ordenar el gasto, realizar todos los actos y trámites inherentes a los procedimientos de selección y la suscripción de los contratos cuyo objeto sea la prestación de servicios de vigilancia, aseo o cafetería, hasta la cuantía de 4.600 smlmv del Nivel Seccional, dentro de la Jurisdicción de su competencia, así como sus respectivas adiciones hasta el máximo legal.

Delegar en los Directores Seccionales Administrativos y Financieros la facultad de celebrar convenios interadministrativos y de cooperación sin cuantía con entidades privadas y entidades públicas del orden departamental o municipal, según competencia territorial.

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ARTÍCULO 4o. Delegar en el Director Nacional Administrativo y Financiero, en el Jefe de la División Administrativa y en los Directores Seccionales Administrativos y Financieros de acuerdo con las cuantías antes señaladas, la facultad de suscribir contratos interadministrativos y de cooperación con entidades privadas y públicas.

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ARTÍCULO 5o. Delegar en el Director Nacional Administrativo y Financiero, en el Jefe de la División Administrativa y en los Directores Seccionales Administrativos y Financieros de acuerdo con las cuantías antes señaladas, la facultad de suscribir celebrar contratos de donación o comodato, en los cuales la Fiscalía General de la Nación sea receptora de los bienes.

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ARTÍCULO 6o. El Jefe de la División Administrativa de la Dirección Nacional Administrativa y Financiera, y los Directores Seccionales Administrativos y Financieros, cada dos meses rendirán un informe por escrito al Fiscal General de la Nación, a través de la Dirección Nacional Administrativa y Financiera, sobre la contratación efectuada en desarrollo de las facultades delegadas. Sin perjuicio de lo anterior, el Director Nacional Administrativo y Financiero queda facultado para realizar seguimiento y control a la actividad contractual, para lo cual entre otras, podrá dar directrices y recomendaciones.

TÍTULO II.

DELEGACIÓN EN MATERIA DE PAGO DE SENTENCIAS JUDICIALES Y CONCILIACIONES PREJUDICIALES.

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ARTÍCULO 7o. Delegar en el Jefe de la División Administrativa de la Fiscalía General de la Nación la ordenación del gasto y el pago de todos los actos y trámites relacionados con las sentencias judiciales y conciliaciones cuya cuantía sea igual o inferior a 100 smlmv, los que superen dicha cuantía serán de conocimiento del Director Nacional Administrativo y Financiero de la Fiscalía General de la Nación.

TÍTULO III.

DELEGACIÓN EN MATERIA DE PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES.

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ARTÍCULO 8o. Delegar en el Jefe de la Oficina de Personal de la Fiscalía General de la Nación la función administrativa de reconocimiento de salarios y prestaciones sociales, así como cualquier otro emolumento que derive directamente de la relación legal y reglamentaria de los servidores adscritos al nivel central de la Fiscalía General de la Nación.

De la misma forma, Delegar en el Jefe de la División Administrativa de la Dirección Nacional Administrativa y Financiera o en la Dirección Nacional Administrativa y Financiera el pago de los salarios y las prestaciones que, en desarrollo de la función delegada a estos en el presente artículo, reconozca el Jefe de la Oficina de Personal.

PARÁGRAFO. Para efectos de lo dispuesto en el presente artículo, el Jefe de la Oficina de Personal expedirá la respectiva liquidación en que se disponga el reconocimiento de los salarios, prestaciones y demás emolumentos a que haya lugar, y con base en esta, el Jefe de la División Administrativa o la Dirección Nacional Administrativa y Financiera expedirá el acto administrativo de pago, atendiendo a la verificación previa de la disponibilidad presupuestal respectiva.

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ARTÍCULO 9o. Delegar en los Directores Seccionales Administrativos y Financieros de la Fiscalía General de la Nación la función administrativa para el reconocimiento y pago de salarios y prestaciones sociales, así como cualquier otro emolumento que derive directamente de la relación legal y reglamentaria de los servidores adscritos a cada una de las Direcciones Seccionales, dentro del ámbito de su jurisdicción territorial.

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ARTÍCULO 10. Comunicar la presente decisión por conducto de la Secretaría General a la Oficina de Personal, a la Dirección Nacional Administrativa y Financiera, a la División Administrativa, a la Oficina Jurídica, y a los Directores Seccionales Administrativos y Financieros de la Entidad.

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ARTÍCULO 11. Derogar las Resoluciones número 0-2953 de 2010, 0- 2605 de 2011, 0-2791 de 2010 y 0-0228 de 2007 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

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ARTÍCULO 12. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 10 de agosto de 2012.

El Fiscal General de la Nación,

EDUARDO MONTEALEGRE LYNNET.

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ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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