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RESOLUCIÓN 776 DE 2014
(diciembre 9)
Diario Oficial No. 49.363 de 12 de diciembre de 2014
FONDO ROTATORIO DE LA POLICÍA
Por la cual se delegan unas funciones en el nivel directivo de la entidad.
EL DIRECTOR GENERAL DEL FONDO ROTATORIO DE LA POLICÍA,
en uso de sus facultades legales, estatutarias, y en especial las conferidas en el Decreto 2125 de 2008 y los Acuerdos 012 de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia señala que “la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de eficacia, economía y celeridad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.
Que el artículo 211 de la Constitución Política, prevé que la delegación de funciones la pueden realizar las autoridades administrativas en sus subalternos.
De acuerdo con los artículos 9o y 10 de la Ley 489 de 1998, se puede realizar la delegación de funciones, siempre que no se trate de las prohibidas previstas en el artículo 11 de la misma normatividad.
Que el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 prescribe que “Los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones o concursos en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes”, precepto reiterado en el artículo 37 del Decreto 2150 de 1995, en el que además se estipuló que no es necesario tener en consideración ni la naturaleza ni la cuantía de los mismos.
Que el numeral 4, del artículo 3o del Decreto 2125 de 2008, señala como funciones del Director General del Fondo Rotatorio de la Policía la de “Delegar en dependencias y funcionarios subalternos el ejercicio de aquellas funciones que considere necesarias para la correcta prestación del servicio de la entidad”.
Que el numeral 13 del artículo 2o del Decreto 2125 de 2008, señala como funciones del Consejo Directivo la de “Autorizar al Director General del Fondo Rotatorio de la Policía para delegar en el nivel directivo o sus equivalentes, algunas de las funciones que le corresponden de conformidad con las normas legales vigentes”.
Que con el fin de facilitar y agilizar la gestión de los asuntos administrativos, la operación y funcionamiento del Fondo Rotatorio de la Policía, y dar aplicación a los principios de económica, eficiencia y celeridad, se estima conveniente autorizar la delegación de algunas funciones asignadas al Director General, en servidores públicos del nivel directivo o sus equivalentes.
Que de conformidad con lo definido por el Consejo Directivo en la sesión del día 12 de noviembre de 2014, se aprobó la autorización para que el Director General del Fondo Rotatorio de la Policía delegue en el nivel directivo, la ordenación del gasto y la realización de los procesos de contratación en cualquiera de sus modalidades de selección o etapas hasta en una cuantía de cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes, independiente de su objeto, y cualquier acto relacionado con esos contratos, así como todos los trámites, actos y acuerdos de voluntades inherentes a los mismos o que de ellos se deriven incluyendo sus modificaciones, adiciones, prórrogas, otrosí o liquidaciones; igualmente se autorizó delegación en el nivel directivo o sus equivalentes la participación en las audiencias de debido proceso de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, sin consideración de la cuantía que se dé como resultado del perjuicio sufrido por la entidad, cláusula penal pecuniaria, multa o cualquier otra sanción derivada del incumplimiento contractual.
En virtud de las consideraciones expuestas, el Director General del Fondo Rotatorio de la Policía:
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Delegar en la Subdirección Operativa del Fondo Rotatorio de la Policía las siguientes funciones:
1. La ordenación del gasto y la realización de los procesos de contratación en cualquiera de sus modalidades de selección o etapas hasta en una cuantía de cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes, independiente de su objeto, y cualquier acto relacionado con esos contratos, así como todos los trámites, actos y acuerdos de voluntades inherentes a los mismos o que de ellos se deriven incluyendo sus modificaciones, adiciones, prórrogas, otrosí o liquidaciones.
PARÁGRAFO. En todo caso el Subdirector Operativo deberá presentar un informe a la Dirección de la entidad de las actuaciones adelantadas de conformidad con las funciones delegadas.
ARTÍCULO 2o. Las delegaciones que por este acto administrativo se confieren eximen de responsabilidad al delegante, la cual corresponde exclusivamente al delegatario. En todo caso el delegante en cualquier tiempo podrá reasumir las funciones delegadas y revisar los actos administrativos expedidos por el delegatario, con sujeción a las disposiciones de la Ley 1437 de 2011.
PARÁGRAFO. Los actos administrativos que en ejercicio de las delegaciones conferidas en esta resolución expidan los funcionarios a que se refiere la misma, están sometidos a los mismos requisitos establecidos para su expedición por la autoridad delegante y serán susceptibles de los recursos procedentes contra los actos de ella.
ARTÍCULO 3o. Las funciones que se delegan en esta resolución se ejercerán sin perjuicio de las funciones que le corresponden a la Subdirección Operativa, las cuales se regirán por las normas legales y reglamentarias vigentes sobre la materia.
ARTÍCULO 4o. Notificar el contenido de la presente decisión al Subdirector Operativo del Fondo Rotatorio de la Policía.
ARTÍCULO 5o. Envíese copia de la presente resolución a la Coordinación de Talento Humano para lo de su competencia.
ARTÍCULO 6o. La presente resolución surte efectos a partir de su publicación.
ARTÍCULO 7o. Ordénese la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de conformidad con la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO 8o. Contra la misma no procede el recurso de conformidad con lo normado en la Ley 1437 de 2011.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 9 de diciembre de 2014.
El Director General Fondo Rotatorio de la Policía,
BRIGADIER GENERAL ÓSCAR ATEHORTÚA DUQUE.
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