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RESOLUCIÓN 3037 DE 2012
(septiembre 14)
Diario Oficial No. 48.565 de 26 de septiembre de 2012
INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO
Por la cual se modifica parcialmente el artículo 35 de la Resolución número 2544 del 13 de agosto de 2012 por la cual se reglamenta el trámite de peticiones en el Instituto Colombiano Agropecuario.
LA GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO “ICA”,
en uso de las facultades legales y en especial las contenidas en el artículo 22 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 1437 de 2011 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, las autoridades deberán reglamentar la tramitación interna de las peticiones que les corresponda resolver, y la manera de atender las quejas para garantizar el buen funcionamiento de los servicios a su cargo;
Que en virtud del artículo 22 de la Ley 1437 de 2011 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la Gerencia General expidió la Resolución número 2544 de 2012, por la cual se reglamentó el trámite interno de las peticiones en el Instituto Colombiano Agropecuario, y que en su artículo 35 estipuló “… y regirá a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, previa revisión y aprobación por parte de la Procuraduría General de la Nación y se comunicará a todos los servidores públicos del Instituto Colombiano Agropecuario”;
Que la Resolución número 2544 de 2012 se envió mediante el Oficio número 20122108379 del 13 de agosto de 2012, a la Procuraduría General de la Nación en conformidad con el numeral 2 del artículo 8o del Decreto-ley 262 de 2000 el cual asignó como función de la Procuraduría Auxiliar para Asuntos Constitucionales la de revisar para la aprobación del Procurador General de la Nación los reglamentos que expidan, entre otros, los organismos de la Rama Ejecutiva del Poder Público, las entidades descentralizadas del orden nacional, que versen acerca de la tramitación interna de las peticiones y la manera de atender las quejas relacionadas con los servicios a su cargo;
Que mediante Oficio PAC número 001404 de fecha 17 de agosto de 2012, la Procuraduría Auxiliar para asuntos Constitucionales, envió Concepto C-031-2012, donde indica que la Ley 1437 de 2011 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, mediante sus artículos 22 y 309 derogó la revisión y aprobación previa de la Procuraduría General de la Nación a los reglamentos referentes al trámite interno de las peticiones contenida en el artículo 32 del Decreto número 01 de 1984 Código Contencioso Administrativo;
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modifíquese el artículo 35 de la Resolución número 2544 del 13 de agosto de 2012, el cual quedará así:
“Artículo 35. Vigencia. La presente resolución deroga todas las normas que le sean contrarias, en especial la Resolución número 1904 del 1o de junio de 2010, la Resolución número 1168 de 25 de marzo de 2010, regirá a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, y se comunicará a todos los servidores públicos del Instituto Colombiano Agropecuario”.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 14 de septiembre de 2012.
La Gerente General,
TERESITA DEL CARMEN BELTRÁN OSPINA.
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