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RESOLUCION 009 DE 2003

(julio 3)

Diario Oficial No. 45.242, de 8 de julio de 2003

INSTITUTO COLOMBIANO DE DESARROLLO RURAL

Por la cual se hacen unas delegaciones.

Resumen de Notas de Vigencia

EL GERENTE GENERAL (E.) DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE DESARROLLO RURAL, INCODER,

en ejercicio de sus facultades legales, conferidas por el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 y el artículo 17 del Decreto 1300 de 2003,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar en el Subgerente de Entidad Descentralizada, código 0040, grado 21, con funciones de Subgerente de Pesca y Acuicultura, las siguientes funciones:

a) Otorgar licencias, permisos, patentes, autorizaciones, concesiones y salvoconductos, para el ejercicio de la actividad pesquera y acuícola en el ámbito nacional, preparar y firmar los actos administrativos correspondientes, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia;

b) Resolver en primera instancia los recursos que se interpongan contra los actos administrativos expedidos en ejercicio de esta delegación, si a ello hubiere lugar.

c) <Inciso adicionado por el artículo 1 de la Resolución 405 de 2003. El nuevo texto es el siguiente:> Adelantar y fallar las investigaciones administrativas que surjan por infracción a la Ley 13 de 1990 y al Decreto Reglamentario 2256 de 1991.

Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 2o. Delegar en el Jefe de Oficina Asesora Jurídica, código 1045; grado 15, las siguientes funciones:

a) Aprobar las pólizas de garantía que se pacten en los contratos que se celebren a nombre del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, en Oficinas Centrales;

b) Otorgar poderes a los Abogados que ocupen los cargos de Profesional Especializado y Profesional Universitario de la planta de personal global del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, asignados a la Oficina Asesora Jurídica, o Apoderados Externos, para la defensa de los intereses del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder.

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ARTÍCULO 3o. Delegar en el Subgerente General de Entidad Descentralizada 0040, código 1020, grado 19, con funciones de Subgerente Administrativo y Financiero, las siguientes funciones:

a) Ordenar gastos, celebrar y liquidar contratos hasta por el valor equivalente a la menor cuantía, definida en el artículo 24 de la Ley 80 de 1993, sobre el presupuesto de Oficinas Centrales;

b) Ordenar pagos correspondientes a compromisos asumidos sobre el presupuesto de Oficinas Centrales;

c) Autorizar las novedades de personal diferentes a las relacionadas con la potestad nominadora, para el personal de Oficinas Centrales;

d) Tomar el juramento de posesión de los empleos de la planta global de personal del Instituto Colombiano de Desarrollo correspondientes a los niveles asesor, profesiona l, técnico y asistencial, con excepción de los de Jefe de Oficina Jurídica y Jefe de Oficina de Planeación, correspondientes a Oficinas Centrales;

e) Expedir certificaciones sobre vinculación, tiempo de servicio, salarios y funciones, a solicitud de quienes ocupen cargos de la planta de personal de la entidad, y demás certificaciones de tipo laboral.

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ARTÍCULO 4o. Delegar en los Jefes de Oficina, código 0137, grado 15, con funciones de Jefes de Oficina de Enlace Territorial, las siguientes funciones:

a) Ordenar gastos, celebrar y liquidar contratos sobre el presupuesto que se asigne a cada Oficina de Enlace Territorial;

b) Ordenar pagos correspondientes a compromisos asumidos sobre el presupuesto que se asigne a cada Oficina de Enlace Territorial;

c) Tomar el juramento de posesión para los empleos de la planta global de personal del Instituto Colombiano de Desarrollo correspondientes a los niveles, profesional, técnico y asistencial, asignados a cada una de las Oficinas Enlace Regional;

d) Autorizar las novedades de personal diferentes a las relacionadas con la potestad nominadora para el personal asignado a la Oficina de Enlace Territorial correspondiente;

e) Autorizar las Comisiones de Servicio para el personal asignado a cada una de las Oficinas Enlace Regional, dentro de la jurisdicción de la correspondiente Oficina y de conformidad con la reglamentación vigente;

f) Aprobar las pólizas de garantía que se pacten en los contratos que se celebren a nombre del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, en la Oficina de Enlace Territorial correspondiente.

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ARTÍCULO 5o. El ejercicio de las delegaciones efectuadas mediante la presente resolución, conlleva la responsabilidad legal, fiscal, administrativa y disciplinaria que corresponda a cada una de las funciones delegadas.

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ARTÍCULO 6o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a 3 de julio de 2003.

El Gerente General (E.),

RICARDO ALFONSO SÁNCHEZ LÓPEZ.

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Última actualización: 31 de agosto de 2019

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