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RESOLUCIÓN 1500 DE 2010
(diciembre 30)
Diario Oficial No. 48.013 de 16 de marzo de 2011
INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES
Por la cual se adiciona la Resolución número 000739 del 8 de octubre de 2007 relacionada con el Manual de Funciones y de Competencias Laborales para los Empleos de la Planta Global del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
EL DIRECTOR GENERAL,
en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 40, numeral 9 de la Ley 938 del 30 de diciembre de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 000739 del 8 de octubre de 2007, se ajustó el manual específico de funciones y de competencias laborales para los empleos de la planta global y flexible de personal del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencia Forenses, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo número 08 del 21 de agosto de 2007, expedido por la Junta Directiva de la Entidad.
Que la Corte Constitucional mediante Auto número 008 del 26 de enero de 2009, Sentencia T-025 de 2004, Persistencia del estado de cosas inconstitucional declarado mediante Sentencia T-025 de 2004, ordenó a las entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención a la Población Desplazada (SNAIPD) dentro de las cuales se encuentra el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la obligación de incluir en los respectivos Manuales de Funciones, la función de prestar atención a las personas en situación de desplazamiento forzado, en el ámbito de su competencia y en el marco de sus obligaciones legales.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adicionar la Resolución número 000739 del 8 de octubre de 2007, en el sentido de incluir en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para cada uno de los empleos de la planta global y flexible de personal del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la siguiente función:
(...) Prestar atención a las personas en situación de desplazamiento forzado, en el ámbito de su competencia y en el marco de sus obligaciones legales.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 2010.
JUAN ÁNGEL ISAAC LLANOS.
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