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RESOLUCIÓN 417 DE 2018
(noviembre 7)
Diario Oficial No. 50.772 de 9 de noviembre de 2018
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Por la cual se ajusta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales.
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL,
en ejercicio de sus facultades legales y en especial la que le confiere el artículo 2.2.2.6.1 del Decreto número 1083 de 2015,
CONSIDERANDO:
Que el inciso segundo del artículo 2.2.2.6.1 del Decreto número 1083 de 2015 determinó que la adopción, adición, modificación o actualización del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales se efectuará mediante resolución interna del jefe del Organismo. Respectivo;
Que mediante Decreto número 815 del 8 de mayo de 2018, se modificó el Decreto número 1083 de 2015, en lo relacionado con las competencias laborales generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos, estableciendo que, “Las entidades y organismos del orden nacional, dentro de los seis (6) meses siguientes a la vigencia del presente decreto, deberán adecuar sus manuales específicos de funciones y de competencias a lo dispuesto en el presente decreto”;
Que teniendo en cuenta que de acuerdo con lo señalado por el Decreto número 815 del 8 de mayo de 2018, se deben ajustar todos los empleos que integran la planta de personal de la entidad en cuanto a las competencias laborales generales, se consideró conveniente adelantar una revisión integral al actual Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, por lo cual mediante Memorando número 20183110088983 del 2 de octubre de 2018 suscrito por la Secretaría General, se solicitó a todas las dependencias determinar la necesidad de efectuar otros ajustes;
Que efectuada la revisión por parte de las dependencias se establecieron necesidades de ajuste atendiendo la naturaleza de las funciones y el área de desempeño enfocadas al cumplimiento de la misión y visión institucional;
Que dando cumplimiento al artículo 1o del Decreto número 051 del 16 de enero de 2018, que establece que las modificaciones o actualizaciones a los manuales específicos de funciones y de competencias laborales se socializarán con las organizaciones sindicales, en reunión sostenida el 2 de noviembre de 2018, con el Sindicato de Trabajadores del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (Sintraminagro), se llevó a cabo la socialización del presente ajuste;
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Ajustar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, para los empleos que conforman la planta de personal del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural adoptado mediante la Resolución número 0064 del 16 de marzo de 2015, cuyas funciones deberán ser cumplidas por los funcionarios con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalan, así:
ARTÍCULO 2o. FUNCIONES TRANSVERSALES. Todos los funcionarios del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, cumplirán las siguientes funciones:
1. Apoyar la implementación, desarrollo, mantenimiento y mejora de los Sistemas de Gestión que se establezcan en la entidad y participar en las actividades que en desarrollo de los mismos se programen.
2. Participar de las actividades que se adelanten relacionadas con la promoción y prevención de la salud.
3. Elaborar y presentar oportunamente los informes propios de su gestión que le sean solicitados por las autoridades competentes, los organismos de control y su jefe inmediato.
4. Atender los requerimientos y peticiones de los usuarios internos y de los ciudadanos y brindar la asesoría y respuesta oportuna, relacionada con la responsabilidad que le corresponde a la respectiva dependencia.
5. Cumplir con las políticas, planes, procesos y procedimientos de gestión documental.
6. Participar en las actividades de capacitación que se programen y a las cuales sean convocados.
ARTÍCULO 3o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las Resoluciones números 0064 del 16 de marzo de 2015, 350 de 29 de septiembre de 2015, 444 de 3 de diciembre de 2015, 016 de 1 de febrero de 2016, 276 de 16 de noviembre de 2016, 220 del 25 de julio de 2017, 461 del 28 de diciembre de 2017, 080 del 26 de enero de 2018, 317 del 23 de agosto de 2018 y las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 7 de noviembre de 2018.
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,
Andrés Valencia Pinzón.
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