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RESOLUCIÓN 2021 DE 2012

(noviembre 16)

Diario Oficial No. 48.623 de 23 de noviembre de 2012

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Por la cual se crea un grupo interno de trabajo en el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se determinan sus funciones.

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 208 de la Constitución Política, el literal g) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998 y el Decreto número 3570 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 faculta al Jefe del organismo o entidad pública para crear y organizar, de carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo con el fin de atender las necesidades del servicio.

Que por medio del Decreto número 3570 de 2011, se modificaron los objetivos y la estructura del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, reorganizado por la Ley 1444 de 2011, y se dictaron otras disposiciones.

Que el artículo 6o, numeral 11 del Decreto número 3570 de 2011, señala que son funciones del despacho del Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible las de crear, organizar y conformar comités, comisiones, y grupos internos de trabajo teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas proyectados por el Ministerio para su adecuado funcionamiento.

Que mediante Decreto número 3575 de 2011, se estableció la planta de personal del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se le confiere a esta el carácter de planta global.

Que mediante Resolución número 0773 del 4 de junio de 2012, se distribuyeron los cargos de la planta global del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en las diferentes dependencias y grupos internos de trabajo.

Que con el propósito de garantizar la adecuada y eficiente prestación del servicio en lo que respecta a las comunicaciones del ministerio, se hace necesario distribuir y delimitar las cargas de trabajo conformando un grupo permanente de trabajo.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Crear en el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Grupo Interno de Trabajo de Comunicaciones, dependiente del Despacho del Ministro.

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ARTÍCULO 2o. Asignar al Grupo Interno de Trabajo definido en el artículo 1o de esta resolución, las siguientes funciones:

Grupo de Comunicaciones

1. Coordinar y dirigir la política de comunicaciones estratégicas de la entidad de acuerdo con las directrices fijadas por el Despacho del Ministro.

2. Diseñar e implementar la estrategia de comunicaciones internas y externas del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, a través de las diferentes herramientas establecidas para tal fin.

3. Recopilar las comunicaciones relacionadas con los temas del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, analizarlas, proponer e implementar las estrategias de comunicación que sobre las mismas haya lugar.

4. Participar activamente en la elaboración de publicaciones, separatas y ediciones especiales del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

5. Contribuir con el cumplimiento de la misión institucional.

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ARTÍCULO 3o. INTEGRACIÓN DEL GRUPO. Estará conformado por los servidores públicos que designe el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de conformidad con el artículo 8o del Decreto 2489 de 2006 y según la distribución de cargos señalada en la Resolución 0773 de 2012, o los que la modifiquen o adicionen.

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ARTÍCULO 4o. Para las labores de coordinación, ejecución, supervisión y control de las actividades, se designará un Coordinador para el grupo creado en el artículo 1o de la presente resolución.

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ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a los 16 de noviembre de 2012.

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible,

JUAN GABRIEL URIBE.

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ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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