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RESOLUCIÓN 4285 DE 2009
(octubre 9)
Diario Oficial No. 47.503 de 15 de octubre de 2009
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Por la cual se modifica y adiciona parcialmente la Resolución número 3437 del 28 de agosto de 2007 y se dictan otras disposiciones.
EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,
en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 115 de la Ley 849 de 1998 y el artículo 2o del decreto 3123 de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 208 de la Constitución Política corresponde a los Ministros formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley.
Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece: “con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio grupos internos de trabajo”.
Que de conformidad con el Decreto número 3123 del 17 de agosto de 2007, es función del Ministro de Defensa Nacional, la creación y modificación de grupos internos de trabajo con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia, los objetivos, políticas y programas de la Entidad.
Que mediante Resolución número 3437 del 28 de agosto de 2007 se crearon y organizaron los grupos internos de trabajo del Ministerio de Defensa Nacional, Unidad de Gestión General.
Que la estructura del Ministerio de Defensa Nacional - Unidad de Gestión General dispuesta en los Decretos 3123 de 2007 y 4484 de 2008, requiere para su pleno desarrollo la conformación de los grupos internos de trabajo mediante los cuales se atiendan las necesidades del servicio y el cumplimiento de los objetivos, políticas y programas de esta Unidad.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modifícase y adiciónase parcialmente el artículo 1o, numeral 5, de la Resolución 3437 de 2007, el cual quedará así:
5. Despacho del Viceministro del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED”.
5.1. Dirección de Gestión Estratégica del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa “GSED”.
A. Grupo de Servicios Compartidos.
ARTÍCULO 2o. Al Grupo Interno de Trabajo determinado en el artículo 1o de la presente resolución, le corresponde el cumplimiento de las siguientes funciones sin perjuicio de las especiales previstas en las disposiciones legales vigentes.
5. Despacho del Viceministerio para el Grupo Social y Empresarial de la Defensa - GSED
5.1 Dirección de Gestión Estratégica
A. Grupo de Servicios Compartidos
a) Plantear propuestas para la formulación de sinergias y servicios compartidos para aplicar en las empresas del Grupo Social y Empresarial de la Defensa “GSED”.
b) Efectuar el seguimiento a las sinergias, alianzas estratégicas y servicios compartidos formulados para las empresas del GSED y presentar los informes pertinentes.
c) Orientar el proceso de compras de bienes y servicios comunes en el GSED, hacer seguimiento y rendir los informes pertinentes,
d) Presentar propuestas de centralización e integración de actividades y procesos en las empresas del GSED, para simplificar sus operaciones.
e) Efectuar gestiones tendientes a la búsqueda de mercados nacionales y extranjeros para la venta o compra de bienes y servicios en las empresas del GSED.
f) Desarrollar actividades de enlace entre el Viceministerio del Grupo Social y Empresarial de la Defensa “GSED” y las Fuerzas Militares.
g) Revisar y dar trámite a los asuntos legales concernientes al Viceministerio del Grupo Social y Empresarial de la Defensa “GSED”.
h) Atender los derechos de petición que lleguen al Viceministerio del Grupo Social y Empresarial de la Defensa “GSED”.
i) Coordinar la logística para el desarrollo de las juntas asesoras, reuniones de los comités por UEN y encuentros del “GSED” y los temas administrativos relacionados con el funcionamiento del Viceministerio del Grupo Social y Empresarial de la Defensa.
j) Consolidar informes y mantener actualizada la base de datos del Viceministerio del Grupo Social y Empresarial de la Defensa.
k) Ejercer las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza del grupo interno de trabajo.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, modifica y adiciona la Resolución número 3437 de 2007.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 9 de octubre de 2009.
El Ministro de Defensa Nacional,
GABRIEL SILVA LUJÁN.
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