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RESOLUCIÓN 2 DE 2014

(enero 17)

Diario Oficial No. 49.040 de 21 de enero de 2014

MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Por la cual se efectúa una aclaración de leyenda al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2014.

EL DIRECTOR GENERAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL,

en uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren los artículos 24 de la Ley 1687 de 2013 y 25 del Decreto número 3036 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que Los artículos 24 de la Ley 1687 de 2013 y 25 del Decreto número 3036 de 2013, facultan al Ministerio de Hacienda y Crédito Público – Dirección General del Presupuesto Público Nacional, para que de oficio o a petición del jefe del órgano respectivo, haga por resolución las aclaraciones y correcciones de leyenda necesarias para enmendar los errores de transcripción y aritméticos que figuren en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2014 y cuando se trate de aclaraciones y correcciones de leyenda del presupuesto de gastos de inversión, se requerirá el concepto previo favorable del Departamento Nacional de Planeación - Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas.

Que en el anexo del Decreto de Liquidación 3036 del 27 de diciembre de 2013 se incurrió en un error de transcripción en un proyecto de inversión del Ministerio de Trabajo y sobre el cual el Departamento Nacional de Planeación conceptuó favorablemente en su comunicación número 20144320000096 del 17 de enero de 2014.

Que para la correcta ejecución se hace indispensable efectuar oportunamente las aclaraciones necesarias, en concordancia con las normas antes citadas.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. ACLARACIÓN DE LEYENDA. Efectuar la siguiente aclaración al anexo del Decreto de Liquidación 3036 del 27 de diciembre de 2013.

SECCIÓN 3601

MINISTERIO DE TRABAJO

UNIDAD 360101

GESTIÓN GENERAL

Programa320Protección y Bienestar Social del Recurso Humano
Subprograma1507Atención a población vulnerable o excluida

Dice

Proyecto2Adecuación de la ruta de reparación para el acceso al empleo rural y urbano de las víctimas del conflicto armado a nivel Nacional.

Debe decir:

Proyecto2Adecuación de la ruta de reparación para el acceso al empleo rural y urbano de las víctimas del conflicto armado a nivel nacional –distribución previo concepto DNP.
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ARTÍCULO 2o. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 17 de enero de 2014.

El Director General del Presupuesto Público Nacional,

FERNANDO JIMÉNEZ RODRÍGUEZ.

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"Normatividad relacionada con el Sistema de Seguridad Social Integral y el Sistema General de Pensiones."
ISSN [2256-1633]
Última actualización: 31 de marzo de 2018