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RESOLUCIÓN 12 DE 2007
(enero 16)
Diario oficial No. 46.513 de 16 de enero de 2007
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Por la cual se prorroga el término de la liquidación de Leasing Financiera Cauca. S. A. C.F.C en Liquidación.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en uso de sus facultades legales, en especial de las previstas en el inciso 2o del numeral 2 del artículo 117 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el artículo 23 de la Ley 510 de 1999, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución número 0435 del 6 de mayo de 1997, la Superintendencia Bancaria hoy Superintendencia Financiera de Colombia ordenó la toma de posesión para la liquidación de los bienes, haberes y negocios de Leasing Financiera Cauca S. A. C.F.C identificada con el NIT 800071634-5 y cuyo domicilio principal es la ciudad de Bogotá, D. C. (Cundinamarca);
Que el inciso 2o del numeral 2 del artículo 117 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el artículo 23 de la Ley 510 de 1999 establece:
"Cuando se disponga la liquidación, la misma no podrá prolongarse por más de cuatro (4) años desde su inicio. Lo anterior sin perjuicio de que el Gobierno lo pueda prorrogar por resolución ejecutiva por término mayor en razón del tamaño de la entidad y las condiciones de la liquidación";
Que de acuerdo con la última prórroga concedida por el Gobierno Nacional mediante Resolución Ejecutiva número 015 del 23 de enero de 2006, el plazo de la liquidación vence el 25 de enero de 2007;
Que mediante oficio presentado en el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, con el Radicado LFC-048-06 del 30 de agosto de 2006, la doctora María Clemencia Rodríguez Alvira, en su calidad de liquidadora, solicitó la ampliación del término final de la liquidación para continuar el proceso liquidatorio, sustentando su solicitud en las condiciones actuales del proceso liquidatorio de Leasing Financiera Cauca S. A. C.F.C en Liquidación;
Que el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, mediante Comunicación número DLQ 06705 del 21 de diciembre de 2006, se manifestó a favor de la prórroga, con base en la función de seguimiento de la actividad de los liquidadores que le asigna el artículo 296 numeral 1 literal b) del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero;
Que la Dirección General de Regulación Financiera del Ministerio de Hacienda y Crédito Público conoció de la evaluación realizada por el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras en relación con la solicitud de prórroga presentada por la liquidadora de Leasing Financiera Cauca S.A. C.F.C en Liquidación y consideró, a partir de la información aportada, que la evaluación realizada por el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras se encuentra ajustada a la regulación vigente;
En consideración a lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Prorrogar hasta el treinta (30) de julio de 2007 el término de la liquidación de Leasing Financiera Cauca S. A. C.F.C en Liquidación, identificada con el NIT 800071634-5, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá, D. C. (Cundinamarca).
El término señalado en la presente resolución es el plazo máximo dentro del cual se debe culminar el proceso liquidatorio y cumplir los trámites establecidos en los artículos 52 y 53 del Decreto 2211 de 2004 para efectos de la terminación de la existencia legal de Leasing Financiera Cauca S. A. C.F.C en Liquidación.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 16 de enero de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Viceministro Técnico de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
JUAN PABLO ZÁRATE PERDOMO.