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RESOLUCIÓN 1190 DE 2007

(abril 24)

Diario Oficial No. 46.615 de 30 de abril de 2007

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se modifica la Resolución 736 de 2007.

EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus facultades legales y en desarrollo de lo señalado en los Decretos 1465 de 2005 y 1931 de 2006, en especial las conferidas por el numeral 10 del artículo 2o del Decreto-ley 205 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1o de la Resolución 736 de 2007, se previó que el plazo de pruebas para la obligatoriedad de utilizar el esquema de autoliquidación y pago asistido, concluiría el 30 de abril de 2007;

Que durante el transcurso del citado mes de pruebas se ha evidenciado la necesidad de ajustar algunos aspectos del mismo, antes de que su utilización sea obligatoria,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 1o de la Resolución 736 de 2007, en el sentido de prorrogar el plazo para las pruebas de la autoliquidación y pago asistido hasta el 31 de mayo de 2007.

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ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase

Dada en Bogotá, D. C., a 24 abril de 2007.

El Ministro de la Protección Social,

DIEGO PALACIO BETANCOURT.

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ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 5 de febrero de 2021 - Diario Oficial No. 51567 - Enero 24 de 2021

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