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RESOLUCION 1294 DE 2004

(mayo 25)

Diario Oficial No. 45.560, de 26 de mayo de 2004

MINISTERIO DE TRANSPORTE

Por la cual se adiciona la Resolución número 007500 del 2 de septiembre de 2003.

EL MINISTRO DE TRANSPORTE,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política, artículos 9o y 10 de la Ley 489 de 1998, 110 del Decreto 111 de 1996, Decreto 2053 de 2003, y

CONSIDERANDO.

Que la Constitución Política en el artículo 211 señala que la ley determinará las funciones y condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades;

Que la Ley 489 de 1998 en los artículos 9o y 10 señala los requisitos y condiciones exigidos para que las autoridades administrativas puedan delegar funciones;

Que el Decreto 111 de 1996 consagra en su artículo 110 "los órganos que son una sección del Presupuesto General de la Nación, tendrán la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la cual hagan parte, y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en la respectiva sección (...). Estas facultades estarán en cabeza del jefe de cada órgano quien podrá delegarlas en funcionarios del nivel directivo o quien haga sus veces, y serán ejercidas teniendo en cuenta las normas consagradas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y en las disposiciones legales vigentes";

Que es necesario delegar algunos asuntos dentro de los principios de economía, responsabilidad y transparencia propios de la función administrativa;

Que en la Resolución número 7500 del 2 de septiembre de 2003, por la cual se delegan unas funciones, no se incluyó los asuntos relacionados con cuotas partes pensionales y cuotas partes de bonos pensionales, ni lo inherente a pensiones de jubilación de los ex funcionarios del liquidado Instituto Nacional de Transporte y Tránsito, Intra, tampoco se especificó qué funcionario ostenta la representación de la Nación-Ministerio de Transporte, en las audiencias de conciliación diferentes a las que se surten ante los juzgados laborales del circuito;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adicionar a la Resolución número 7500 del 2 de septiembre de 2003, en el sentido de delegar en el Secretario General, de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia, las siguientes atribuciones:

1. Aceptar o negar las peticiones de reconocimiento de pensión de jubilación que adelanten los ex servidores del liquidado Instituto Nacional de Transporte y Tránsito, Intra.

2. Aceptar u objetar las cuotas partes pensionales y cuotas partes de bono pensional que sean consultadas a este Ministerio por entidades externas, cuando a ello haya lugar.

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ARTÍCULO 2o. Adicionar a la Resolución número 7500 del 2 de septiembre de 2003, en el sentido de delegar en el Subdirector del Talento Humano de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia, las siguientes atribuciones:

1. La ordenación del gasto y del pago de pensión de jubilación de los ex servidores del liquidado Instituto Nacional de Transporte y Tránsito, Intra.

2. La ordenación del gasto y del pago de cuotas partes pensionales y cuotas partes de bonos pensionales de los ex servidores del liquidado Instituto Nacional de Transporte y Tránsito, Intra.

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ARTÍCULO 3o. Adicionar al artículo 8o de la Resolución número 7500 del 2 de septiembre de 2003, en el sentido de delegar en los Directores Territoriales del Ministerio de Transporte, dentro de su jurisdicción, de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia, la representación de la Nación-Ministerio de Transporte en las audiencias que se realicen ante la jurisdicción contencioso-administrativa, entidades administrativas de cualquier orden y organismos de control que requieran la comparecencia del representante de la entidad.

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ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a 25 de mayo de 2004.

ANDRÉS URIEL GALLEGO HENAO.

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"Normograma - Colpensiones - Administradora Colombiana de Pensiones"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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