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CONVOCATORIA NÚMERO 2007-001
RESOLUCIÓN 314 DE 2007
(noviembre 8)
Diario Oficial No. 46.820 de 22 de noviembre de 2007
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Por medio de la cual se convoca para la elección del representante de los Procuradores Delegados ante la Comisión de Carrera.
EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN,
en uso de las facultades legalmente conferidas por el artículo 245 del Decreto-ley 262 de 22 de febrero de 2000,
CONVOCA:
A partir de hoy 15 de noviembre de 2007 y por el término de diez (10) días hábiles siguientes a la divulgación de la Convocatoria a todos los Procuradores Delegados de la Procuraduría General de la Nación, a participar en la elección de su representante y suplente ante la Comisión de Carrera de la entidad para el período comprendido entre febrero de 2008 a febrero de 2010.
Calidades de los aspirantes
De conformidad con el artículo 246 del Decreto-ley 262 de 2000, los candidatos deberán acreditar:
1. No haber sido sancionados disciplinariamente durante el año anterior a la fecha de inscripción.
2. Encontrarse ejerciendo el empleo de Procurador Delegado y haberlo desempeñado por un lapso no inferior a un (1) año.
La Oficina de Selección y Carrera verificará los requisitos y calidades pudiendo negar la inscripción.
Inscripción de candidatos
Los candidatos deberán inscribirse ante la Oficina de Selección y Carrera, a través de las planchas donde figuren el Principal y su Suplente y acreditar las calidades exigidas dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la divulgación de la Convocatoria. La inscripción debe ir respaldada por lo menos con cinco firmas de los Procuradores Delegados.
NOTA: Si dentro de dicho término no se inscribieren por lo menos dos (2) candidatos o los inscritos no acrediten los requisitos exigidos, este se prorrogará por diez días más.
Lugar, fecha y hora de votación
Las elecciones y votaciones se realizarán el día jueves 29 de noviembre de 2007 desde las 8:00 a. m. hasta las 4:00 p. m. en la Oficina de Selección y Carrera de la sede central de la Procuraduría General de la Nación ubicada en la Carrera 5ª No 15-80 piso 8o. La votación se efectuará en forma personal y secreta, en el tarjetón diseñado por la Oficina de Selección y Carrera de la entidad y donde deberán aparecer los candidatos inscritos y sus suplentes.
Funciones de la Comisión de Carrera (Artículo 240 del Decreto-ley 262 de 2000)
1. Adoptar su propio reglamento.
2. Vigilar el cumplimiento de las normas de carrera de la Procuraduría.
3. Asesorar al Procurador General en la definición de los instrumentos necesarios para dar cumplimiento a las normas de carrera.
4. Recibir copias de las Convocatorias a concurso y remitir a la Oficina de Selección y Carrera las observaciones sobre ellas cuando sea procedente.
5. Solicitar al Procurador General la modificación de la lista de elegibles, excluyendo o reubicando a las personas que hubieren sido incluidas en ella, cuando se haya comprobado cualquiera de los siguientes hechos:
a) La admisión al concurso sin reunir los requisitos exigidos en la respectiva convocatoria o el aporte de documentos falsos o adulterados para su inscripción;
b) La inclusión en la lista de elegibles sin haber superado las pruebas del concurso;
c) La suplantación para la presentación de las pruebas previstas en el concurso;
d) El conocimiento anticipado de las pruebas que se aplicarán en el concurso.
6. Adelantar, de oficio o a petición de parte, las investigaciones necesarias para establecer la existencia de posibles irregularidades en los procesos de selección, y adoptar las decisiones correspondientes.
7. Conocer las reclamaciones que formulen los servidores inscritos en carrera que hayan adoptado por el derecho preferencial de ser reincorporados cuando se supriman los empleos que desempeñen.
8. Conocer en segunda instancia las decisiones adoptadas por la Oficina de Selección y Carrera sobre las reclamaciones que formulen los aspirantes no admitidos a un concurso.
9. Conocer en segunda instancia las decisiones adoptadas por el jurado calificador sobre las reclamaciones por inconformidad con la estructura y el contenido de las pruebas de pregunta abierta.
10. Conocer en segunda instancia los recursos interpuestos contra las calificaciones de servicios.
11. Adoptar los instrumentos y factores de valoración y puntuación para la calificación de servicios de los empleados de carrera de la entidad.
12. Resolver los impedimentos manifestados por los servidores que deban realizar las calificaciones de servicios, así como las recusaciones que contra ellos se formulen.
13. Velar porque los empleos se provean en el orden de prioridad establecido en este decreto y porque las listas de elegibles sean utilizadas conforme a los principios de economía, celeridad, y eficacia de la función administrativa.
14. Absolver las consultas que se formulen en relación con la interpretación de normas reguladoras de la Carrera de la Procuraduría.
15. Formular propuestas para la elaboración de los programas de capacitación.
16. Las demás que le asigne la ley.
Escrutinio general
Teniendo en cuenta que la votación para la elección del representante de los delegados se hace en una única mesa y solo en la ciudad de Bogotá, por ser esta la sede de todas las Procuradurías Delegadas; el escrutinio que se lleve a cabo el día de las elecciones se tendrá como general.
Los candidatos podrán designar ante la Oficina de Selección y Carrera, los nombres de los servidores públicos de la entidad, que actúen como testigos en el escrutinio general, tres (3) días hábiles antes de que se realice la elección.
Al finalizar la votación los jurados deberán realizar el conteo de votos y suscribir un acta junto con el Jefe de la Oficina de Selección y Carrera, quien deberá estar al momento del escrutinio.
Declaración de la elección
Finalizado el escrutinio general se dejará constancia escrita con la anotación de la plancha ganadora y se procederá a declarar la elección por parte del Procurador General de la Nación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 8 de noviembre de 2007.
El Procurador General de la Nación,
EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN.
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