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RESOLUCIÓN 13100 DE 2013

(diciembre 3)

Diario Oficial No. 49.049 de 30 de enero de 2014

REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 11519 del 8 de octubre de 2010.

EL REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL,

en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 4o del Decreto-ley número 1012 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto-ley número 1012 del 2000, el Gobierno Nacional modificó la planta de personal de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Que el artículo 4o del Decreto-ley número 1012 de 2000, establece:

“Grupos de trabajo. Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, las políticas y los programas de la entidad, el Registrador Nacional del Estado Civil podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo”.

Que mediante Resolución número 11519 del 8 de octubre de 2010, se creó el “Grupo de Peticiones, Quejas y Reclamos”.

Que mediante la Ley 1474 de 2011, se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.

Que el artículo 76 ibídem, establece que “En toda entidad pública, deberá existir por lo menos una dependencia encargada de recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias y reclamos que los ciudadanos formulen, y que se relacionen con el cumplimiento de la misión de la entidad (…)”.

Que la Oficina de Planeación pende de la Secretaría General, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Decreto-ley número 1010 de 2000 y el artículo 6o de la Resolución número 6053 de 2000.

Que en aplicación concreta de los principios de la función administrativa, establecidos en el artículo 209 Superior y el artículo 3o de la Ley 1437 de 2011, se hace necesario modificar la Resolución número 11519 del 8 de octubre de 2010.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar parcialmente los artículos 1o y 2o de la Resolución número 11519 del 8 de octubre de 2010, en el sentido de indicar que el Grupo de Trabajo a partir de la fecha se denominará “Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Denuncias” y quedará adscrito a la Oficina de Planeación.

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ARTÍCULO 2o. Las demás disposiciones contenidas en el acto administrativo objeto de modificación, continúan vigentes.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a los 3 días del mes de diciembre de 2013.

El Registrador Nacional del Estado Civil,

CARLOS ARIEL SÁNCHEZ TORRES.

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"Normograma - Colpensiones - Administradora Colombiana de Pensiones"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 5 de julio de 2020
Fecha de Diario Oficial: Junio 23 de 2020 (No. 51354)

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