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RESOLUCIÓN 4341 DE 2014
(marzo 17)
Diario Oficial No. 49.097 de 19 de marzo de 2014
REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
Por la cual se delegan funciones en materia de gestión del recurso humano.
EL REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL,
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial la que le confiere el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 y el artículo 22 del Decreto 1010 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política prevé que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Que el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, establece:
“Delegación. Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.
(…)”.
Que el artículo 22 del Decreto 1010 de 2000, autoriza al Registrador Nacional del Estado Civil, para delegar las facultades de ejecución presupuestal, ordenación del gasto, ordenación del pago, contratación y otras competencias técnicas, administrativas y jurídicas, en funcionarios del nivel directivo y asesor.
Que el numeral 10 del artículo 26 del Decreto 2241 de 1986, establece que el Registrador tendrá como función disponer el movimiento del personal de las oficinas centrales de la Registraduría.
Que dentro de la nomenclatura y clasificación de empleos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, establecida en el Decreto 1011 de 2000, el cargo de Gerente 0050-07 pertenece al nivel directivo.
Que en desarrollo de los principios que rigen la función administrativa, en particular los atinentes a la celeridad y economía y con el fin de cumplir los cometidos de la administración y optimizar los procesos administrativos para una adecuada y eficiente prestación del servicio, ha considerado la necesidad de delegar algunas de sus funciones en los servidores públicos del nivel directivo de la entidad.
Que es procedente delegar en el Gerente del Talento Humano la responsabilidad de disponer los movimientos de personal de la Sede Central a la Registraduría Distrital o a la Delegación Departamental de Cundinamarca.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Delegar en el Gerente de Talento Humano la función de conferir comisiones especiales de servicio a los servidores públicos de la Planta Global Sede Central.
ARTÍCULO 2o. De conformidad al artículo 23 del Decreto 1010 de 2000, la delegación de que trata el artículo anterior, exime de responsabilidad al delegante y, por lo tanto esta, corresponderá exclusivamente al delegatario.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 17 de marzo de 2014.
El Registrador Nacional del Estado Civil,
CARLOS ARIEL SÁNCHEZ TORRES.
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