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RESOLUCIÓN 7510 DE 2011

(agosto 25)

Diario Oficial No. 48.173 de 26 de agosto de 2011

REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL

Por medio de la cual se modifica parcialmente el artículo 1o de la Resolución número 6372 de 2011.

EL REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL,

en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución 6372 de fecha 1o de agosto de 2011, la Registraduría Nacional del Estado Civil, modificó el artículo 2o de la Resolución número 1970 de 2003, modificado mediante Resolución número 8641 de 2007.

Que con el fin de agilizar los trámites relacionados para el reconocimiento y pago de las comisiones, viáticos y gastos de viaje y demás trámites inherentes para los Magistrados del Consejo Nacional Electoral, se hace necesario aclarar que no se requiere previo visto bueno del Gerente de Talento Humano.

En mérito de lo expuesto:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el numeral 2 literal “a” del artículo 1o de la Resolución número 6372 del 1o de agosto de 2011, el cual quedará, así:

“2. En materia no contractual.

a) El reconocimiento y pago de viáticos por comisiones, avances de los mismos, gastos de viaje, para los magistrados del Consejo Nacional Electoral, previa comunicación de la oficina asesora administrativa del Consejo Nacional Electoral”.

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ARTÍCULO 2o. Las demás disposiciones de la Resolución número 6372 del 1o de agosto de 2011, no sufren ninguna modificación.

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ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de su publicación.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 25 de agosto de 2011.

El Registrador Nacional del Estado Civil,

CARLOS ARIEL SÁNCHEZ TORRES.

El Secretario General,

CARLOS ERNESTO CAMARGO ASSIS.

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"Normograma - Colpensiones - Administradora Colombiana de Pensiones"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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