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RESOLUCIÓN 510-001651 DE 2006
(julio 6)
Diario Oficial No. 46.325 de 10 de julio de 2006
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Por la cual ajusta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Superintendencia de Sociedades próximos a ser convocados.
EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Primero. Que el artículo 122 de la Constitución Política, establece que no habrá empleó público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento.
Segundo. Que el artículo 82 del Decreto 1042 de 1978, precisa que los empleados no podrán tener funciones distintas a las establecidas en la Constitución, la ley o el Manual Específico de Funciones de la entidad para los diferentes cargos y que, cada entidad deberá elaborar el Manual Específico de Funciones y requisitos de los empleos de su planta de personal.
Tercero. Que mediante Decreto 770 del 17 de marzo de 2005 se estableció el sistema de funciones y requisitos generales para los empleos públicos correspondientes a los niveles jerárquicos pertenecientes a los organismos y entidades de orden nacional, incluidas las Superintendencias.
Cuarto. Que los artículos 5o y 12 del Decreto 770 de 2005, establecen los criterios y la obligatoriedad de las entidades de orden nacional para identificar e incorporar en los manuales específicos de funciones y de requisitos las competencias laborales para los empleos que conforman su planta de personal.
Quinto. Que mediante Decreto 2539 del 22 de julio de 2005 se establecieron las competencias laborales generales para los diferentes empleos públicos de los diferentes niveles jerárquicos de las entidades a las cuales se aplica el Decreto-ley 770 de 2005.
Sexto. Que mediante Decreto 2772 del 10 de agosto de 2005 se establecen las funciones y requisitos generales para los diferentes empleos públicos de los organismos y entidades de orden nacional y se dictan otras disposiciones.
Séptimo. Que mediante Resolución 680 de 2000 fue expedido el Manual de Funciones y Requisitos vigente para los empleos de la Superintendencia de Sociedades, y
Octavo. Que es necesario ajustar e l manual vigente priorizando los empleos que van a ser convocados a concurso por la Comisión Nacional del Servicio Civil, de conformidad con los dictados de la Sentencia C-1230 de 2005;
Que con mérito en lo anteriormente expuesto, este despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. AJUSTE AL MANUAL DE FUNCIONES DE ACUERDO A LOS PARÁMETROS DEL MODELO POR COMPETENCIAS. Ajustar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales adoptado por Resolución 680 de 2000 y las resoluciones que lo modificaron o adicionaron, así:
Misión
Proteger y contribuir al orden público económico, facilitando el desarrollo efectivo de las sociedades comerciales del sector real, o atendiendo el manejo oportuno de su insolvencia.
Visión
En organización, eficiencia y resultados, somos la primera empresa de Colombia que contribuye al desarrollo económico y al orden institucional.
Decálogo de conducta ética
Los servidores de la Superintendencia de Sociedades, en sesión solemne del día 24 de octubre de 2001, manifestaron con la firma de un acta de compromiso, elaborada colectivamente en la entidad que como colombianos y servidores públicos de la institución asumieron el reto de construir un país justo y honesto y comprometieron su voluntad a respetar los valores consagrados en el decálogo en todas sus actuaciones como servidores públicos así:
Honestidad
Es el valor que me mueve a actuar con rectitud, honradez y veracidad en todos y cada uno de los actos de mí vida.
Responsabilidad
Es la capacidad de reconocer y aceptarlas consecuencias de mis decisiones tomadas libremente.
Es cumplir con el deber asignado dando lo mejor de mí mismo.
Compromiso
Es ir más allá del simple deber, trascender la norma y lograr el 'deber ser'.
Lealtad
Es la actitud de fidelidad y respeto hacia las personas, las instituciones y la patria.
Respeto
Es actuar con preocupación y consideración hacia los demás reconociendo sus derechos.
ARTÍCULO 3o. <SIC> VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de la fecha de su aprobación, modifica la Resolución 510-680 del 22 de noviembre de 2000 y deroga las demás que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 6 de julio de 2006.
El Superintendente de Sociedades,
RODOLFO DANIES LACOUTURE.
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