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RESOLUCIÓN 353 DE 2014
(agosto 1o)
Diario Oficial No. 49.286 de 26 de septiembre de 2014
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA CONSOLIDACIÓN TERRITORIAL
Por la cual se adopta la actualización 2014 del Plan Institucional de Capacitación 2013, de la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial, (UACT), para su ejecución en el 2014.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA CONSOLIDACIÓN TERRITORIAL,
en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere los artículos 171, 173 y 177 del Decreto número 1950 de 1973, el Decreto-ley 1567 de 1998, la Ley 909 de 2004 y el Decreto número 1227 de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 54 de la Constitución Política establece como obligación del Estado y de los empleadores “...ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran...”.
Que mediante el Decreto número 1567 de 1998 se creó el “Sistema Nacional de Capacitación y el Sistema de Estímulos para los empleados del Estado”.
Que el literal c) del artículo 3o de este decreto señaló como uno de los cinco (5) componentes del “Sistema Nacional de Capacitación y el Sistema de Estímulos para los empleados del Estado”, los denominados “Planes Institucionales”, y estableció “Con el propósito de organizar la capacitación internamente, cada entidad formulará con una periodicidad mínima de un año su plan institucional de capacitación. Este deberá tener concordancia con los parámetros impartidos por el Gobierno nacional a través del Plan Nacional de Formación y Capacitación, con los principios establecidos en el presente decreto–ley y con la planeación institucional... () ... La Comisión de Personal participará en la elaboración del plan y vigilará su ejecución.
Que mediante el Decreto número 4665 de 2007 se adoptó la actualización del Plan Nacional de Formación y Capacitación para los Servidores Públicos.
Que el numeral primero del artículo 36 de la Ley 909 de 2004, establece “La capacitación y formación de los empleados públicos está orientada al desarrollo de sus capacidades, destrezas, habilidades, valores y competencias fundamentales, con miras a propiciar su eficacia personal, grupal y organizacional, de manera que se posibilite el desarrollo profesional de los empleados y el mejoramiento en la prestación de los servicios. 2. Dentro de la política que establezca el Departamento Administrativo de la Función Pública, las unidades de personal formularán los planes y programas de capacitación para lograr esos objetivos, en concordancia con las normas establecidas y teniendo en cuenta los resultados de la evaluación del desempeño...”.
Que el artículo 65 del Decreto número 1227 de 2005 señala que “Los planes de capacitación institucionales deben responder a estudios técnicos que identifiquen necesidades y requerimientos de las áreas de trabajo y de los empleados, para desarrollar los planes anuales institucionales y las competencias laborales...”.
Que el artículo 66 de este decreto prevé que “Los programas de capacitación deberán orientarse al desarrollo de las competencias laborales necesarias para el desempeño de los empleados públicos en niveles de excelencia”.
Que el artículo 1o de la Ley 1064 de 2006 estableció “Reemplácese la denominación de educación no formal contenida en la Ley General de Educación y en el Decreto número Reglamentario 114 de 1996, por la de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano”.
Que el Grupo Interno de Trabajo de Talento Humano de la Unidad durante los meses de febrero a abril de 2013 aplicó los lineamientos establecidos en la “Guía para la Formulación del Plan Institucional de Capacitación, (PIC) con base en Proyectos de aprendizaje en equipo” elaborada por el DAFP y la ESAP; con el ánimo de sensibilizar, formular proyectos de aprendizaje en equipo, consolidar el diagnóstico de necesidades de la entidad y programar el Plan de Capacitaciones Institucional, utilizando los formatos propuestos en la mencionada guía y con la participación de la mayoría de los funcionarios de la entidad.
Que como resultado de esta labor el Comité Directivo de la Unidad en reunión del día 21 de mayo de 2013 aprobó el Plan Institucional de Capacitación para la vigencia 2013 y realizó la aprobación de los proyectos de aprendizaje propuestos por los equipos de aprendizaje con base en los documentos presentados por el Grupo de Talento Humano tal como consta en el Acta número 07.
Que en razón a las dificultades presentadas para la contratación de dicho Plan en la vigencia 2013, es necesario adoptarlo previa actualización del mismo para el año 2014.
Que por lo expuesto, el Comité Directivo de la Unidad en reunión del día 17 de julio del año en curso, mediante Acta número 7, aprobó la actualización 2014 del Plan Institucional de Capacitación 2013.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adoptar el Plan Institucional de Capacitación de la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial - UACT -, de conformidad con los considerandos anteriores, el cual se anexa a la presente resolución y hace parte integral de esta.
ARTÍCULO 2o. El Plan Institucional de Capacitación de la UACT tiene como objetivo “Brindar herramientas a los funcionarios de la entidad para fortalecer las competencias en el desempeño de sus funciones y en el entrenamiento en el puesto de trabajo, con el fin de incrementar la capacidad individual y colectiva de los equipos de trabajo que contribuya al cumplimiento de la misión institucional”.
ARTÍCULO 3o. El Plan Institucional de Capacitación corresponde a la vigencia 2014 y se ejecutará con cargo a los recursos de esta vigencia, previstos en el Rubro 2.0.4.2.1, en el cual existe apropiación presupuestal para llevar a cabo las actividades programadas.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 1o de agosto de 2014.
El Director General (E),
JAVIER ANDRÉS FLÓREZ HENAO.
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