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RESOLUCIÓN 78 DE 2010

(diciembre 29)

Diario Oficial No. 47.986 de 17 de febrero de 2011

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se adopta un Sistema Integrado de Gestión en Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social - UGPP, se crea el Comité de Coordinación del Sistema Integrado de Gestión y se dictan otras disposiciones.

LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL -UGPP,

en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere los numerales 8 y 9 del artículo 8o del Decreto 5021 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que según los preceptos constitucionales, la administración pública en todos los niveles debe contar con un control interno que se ejercerá acorde con los términos que la Ley señale.

Que en cumplimiento de este mandato el Gobierno Nacional emitió la Ley 87 de 1993 mediante la cual establece los lineamientos para el ejercicio del Control Interno en las entidades y organismos del Estado como un sistema y crea el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno.

Que el Gobierno Nacional como complemento al Sistema de Control Interno (SCI) estableció el Sistema de Gestión de la Calidad (SGC) y el Sistema de Desarrollo Administrativo (SISTEDA), los cuales deben implementarse en forma armónica y unificada.

Que para la implementación del SCI y del SGC se determinaron el Modelo Estándar de Control Interno -MECI 100:2005 y la Norma Técnica de Calidad NTCGP 1000:2004 actualizada por la NTCGP 1000:2009.

Que esta Dirección considera conveniente acatar la recomendación efectuada por el Departamento Administrativo de la Función Pública mediante la Circular 1999-002-07, en el sentido de unificar la implementación del MECI 1000:2005 y la NTCGP-1000:2004, actualizada por la NTCGP-1000:2009, y la asunción de las funciones en materia de calidad por el Comité de Coordinación de Control Interno.

Que adicional a los sistemas enunciados, el Gobierno Nacional, con el fin de reforzar la construcción de un Estado transparente, eficiente, participativo y enfocado a prestar mejores servicios a los ciudadanos a través del aprovechamiento de las tecnologías de la información y la comunicación, creo la estrategia de gobierno en línea y la política de racionalización de trámites y procedimientos administrativos de las entidades estatales.

Que toda vez que existen elementos comunes, complementariedades y similitudes entre el Sistema de Gestión de la Calidad - SGC, el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado colombiano - MECI y el Sistema de Desarrollo Administrativo - SISTEDA, la Estrategia de Gobierno en Línea y la Política de Racionalización de Trámites y Procedimientos y, con el propósito de generar la sinergia requerida al interior de la entidad, se hace posible la unificación de éstos en un Sistema Integrado de Gestión (SIG), que permita de lograr eficiencia, eficacia y efectividad en el desarrollo de los objetivos estratégicos de la UGPP.

Que en consecuencia, el Comité Coordinador del Sistema Integrado de Gestión de la UGPP, desarrollará las funciones asignadas al Comité de Gobierno en Línea y Antitrámites enunciadas en el Manual para la Implementación de la Estrategia de Gobierno en Línea con la observancia de los derroteros enunciados en las disposiciones legales que regulan la materia.

Que para la implementación y mantenimiento del Sistema Integrado de Gestión - SIG se hace necesario designar un representante de la Alta Dirección, como responsable de formular, orientar, dirigir y coordinar el proyecto.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN. Adoptar el Sistema Integrado de Gestión - SIG en la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social - UGPP, y garantizar su implementación. Dicho sistema se encuentra compuesto por: el Sistema de Gestión de la Calidad, el Modelo Estándar de Control Interno, el Sistema de Desarrollo Administrativo (SISTEDA), la Estrategia de Gobierno en Línea y la Política de Racionalización de Tramites y Procedimientos y garantizar su implementación.

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ARTÍCULO 2o. OBJETO DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN. El SIG tendrá como objeto principal formular, orientar y evaluar la gestión de la Unidad hacia el cumplimiento de sus objetivos y el mejoramiento de los servicios que se ofrecen al ciudadano, en términos de calidad y satisfacción social, y lucha contra la corrupción, incorporando y haciendo operativos y complementarios entre sí, los requisitos de las normas de gestión de la calidad, control interno, desarrollo administrativo, política de racionalización de trámites y estrategia de Gobierno en Línea.

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ARTÍCULO 3o. ALCANCE DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN. El SIG permitirá a la UGPP desarrollar, implementar, operar y realizar mejoramiento continuo a:

a) El Sistema de Gestión de la Calidad con base en la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2004 actualizada por la NTCGP 1000:2009, como herramienta de gestión que permite dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios.

b) El Sistema de Control Interno con base en el Modelo Estándar de Control Interno, MECI 1000:2005, que busca unificar criterios y parámetros básicos de Control Interno y permitiendo una mayor claridad sobre la forma de desarrollar la función administrativa del Estado.

c) El Sistema de Desarrollo Administrativo, SISTEDA, establecido como un conjunto de políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional orientado a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional.

d) La Estrategia de Gobierno en Línea, GEL, que contribuye con la construcción de un Estado más eficiente, más transparente, más participativo y que preste mejores servicios a los ciudadanos y las empresas, mediante el aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

e) La Política de Racionalización de Trámites y Procedimientos, para facilitar la relación de los particulares y/o ciudadanos con la Administración Pública, de tal forma que las actuaciones que deban surtirse ante esta última se hagan con la aplicación de los principios de buena fe, igualdad, imparcialidad, moralidad, publicidad y celeridad, entre otros.

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ARTÍCULO 4o. ELEMENTOS DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN. Son elementos esenciales del SIG:

a) Planteamiento Estratégico (Misión, Visión, Objetivos Estratégicos, Indicadores estratégicos);

b) Código de Ética y Buen Gobierno;

c) Principios Institucionales;

d) Valores éticos Institucionales;

e) Política y Objetivos de la Calidad;

f) Cadena de Valor y mapa de procesos;

g) Definición y documentación detallada de los Procesos de la UGPP, los cuales deben contener como mínimo dentro de su caracterización: actividades, roles de quienes intervienen en la ejecución, proveedores, entradas o insumos, clientes, salidas o productos, indicadores del proceso, riesgos identificados, controles definidos y líder del proceso;

h) Mapa consolidado de riesgos.

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ARTÍCULO 5o. PRINCIPIOS DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN. La UGPP adoptará los siguientes principios dentro del SIG:

a) Procesos orientados al cliente;

b) Liderazgo:

c) Participación activa de los servidores públicos y/o particulares que ejercen funciones públicas;

d) Enfoque basado en procesos;

e) Enfoque del sistema para la gestión;

f) Mejora continua;

g) Enfoque basado en hechos y datos para la toma de decisiones;

h) Relaciones mutuamente beneficiosas con los proveedores de bienes o servicios;

i) Coordinación, cooperación y articulación para el trabajo en equipo;

j) Transparencia;

k) Publicidad.

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ARTÍCULO 6o. COMITÉ DE COORDINACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN - COMITÉ SIG. Créase el Comité de Coordinación del SIG como órgano de asesoría y coordinación de la UGPP, para la definición y diseño de estrategias y políticas orientadas a la determinación y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión de la Unidad, a la evaluación del cumplimiento de las metas y objetivos institucionales, generando recomendaciones sobre los correctivos que garanticen el cumplimiento de la misión institucional.

PARÁGRAFO 1o. Este Comité integra y desarrolla las funciones del Comité Coordinador del Sistema de Control Interno y del Comité de Gobierno el Línea y Antitrámites.

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ARTÍCULO 7o. COMPOSICIÓN DEL COMITÉ DE COORDINACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN. El Comité de Coordinación del SIG estará conformado por el Director General de la UGPP y los Directores Técnicos de la Unidad.

PARÁGRAFO 1o. En ausencia del Director General, presidirá el Comité el Director de Soporte y Desarrollo Organizacional.

PARÁGRAFO 2o. Con excepción de lo establecido en el parágrafo 1o del presente artículo, de la delegación prevista en este artículo, la participación de los demás miembros del comité es indelegable y obligatoria.

PARÁGRAFO 3o. El Asesor del Director General, en materia de Control Interno, actuará como Secretario Técnico del Comité, con voz, pero sin voto y será responsable de efectuar las citaciones a las reuniones ordinarias y extraordinarias, elaborar las actas y las demás actividades necesarias para el correcto funcionamiento del comité.

PARÁGRAFO 4o. Cuando se traten temas relacionados con la Estrategia de Gobierno en Línea y Antitrámites, deberá participar obligatoriamente en el Comité de Coordinación del SIG, con derecho a voz y a voto, el Asesor de la Dirección General, en materia de comunicaciones.

PARÁGRAFO 5o. Podrán asistir como invitados al Comité funcionarios de la entidad y cualquier persona cuya presencia sea necesaria para la ilustración de los temas a desarrollar.

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ARTÍCULO 8o. FUNCIONES DEL COMITÉ DE COORDINACIÓN DEL SIG. Corresponde al Comité desarrollar las siguientes funciones:

a) Establecer la política y los objetivos del Sistema Integrado de Gestión;

b) Recomendar pautas para la determinación, implementación, adaptación y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión, de conformidad con las normas vigentes y las características de la UGPP;

c) Asignar los recursos para la operación y el fortalecimiento del Sistema Integrado de Gestión;

d) Aprobar los procesos de la UGPP, garantizando el cumplimiento de los requisitos y la normatividad aplicable a los sistemas, estrategias y políticas que integran el SIG;

e) Asesorar al Director General de la UGPP, en la definición de planes estratégicos y en la evaluación del estado de cumplimiento de las metas y objetivos institucionales propuestos;

f) Analizar, en conjunto con los líderes de procesos, los resultados obtenidos en cada uno de los procesos y efectuar las recomendaciones necesarias para su mejoramiento continuo;

g) Realizar el seguimiento al Sistema Integrado de Gestión, teniendo en cuenta el MECI 1000:2005, la NTCGP 1000:2004 actualizada por la NTCGP 1000:2009 y el SISTEDA, en aras de garantizar que se está dando cumplimiento a los requisitos establecidos;

h) Establecer las políticas y lineamientos para planear, organizar, dirigir, controlar y coordinar las actividades relacionadas con la Estrategia Gobierno en Línea y la Política de Racionalización de Trámites y Procedimientos, con el fin de garantizar la aplicación de los principios y directrices establecidos en las normas que regulan la materia;

i) Establecer las políticas sobre administración, contenidos, publicación, actualización y seguimiento de la información del Portal web de la UGPP;

j). Analizar los resultados de las evaluaciones efectuadas al Sistema Integrado de Gestión - SIG por la entidad, estableciendo lineamientos, estrategias y acciones a adelantar en cada uno de los sistemas que lo integran, en aras de subsanar las posibles debilidades detectadas y tomar las decisiones y acciones necesarias para garantizar la mejora continua en cada uno de estos;

k) Las demás que sean necesarias y pertinentes para el cabal cumplimiento de la normatividad vigente, expedida para los Sistemas de Control Interno, Calidad Desarrollo Administrativo, la estrategia de Gobierno en Línea y la Política de Racionalización de Trámites y Procedimientos de la UGPP.

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ARTÍCULO 9o. PERIODICIDAD DE LAS REUNIONES. El Comité de Coordinación del Sistema Integrado de Gestión se reunirá en forma ordinaria dentro de los primeros diez (10) días de cada mes, y en forma extraordinaria cuando la Dirección General u otra Dirección lo soliciten, acorde con las circunstancias que así lo ameriten.

PARÁGRAFO 1o. Constituirá quórum para decidir, la asistencia de la mitad más uno de los miembros del Comité.

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ARTÍCULO 10. REPRESENTANTE DE LA DIRECCIÓN EN EL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN - SIG Y RESPONSABILIDADES. Se designa como representante de la Dirección para el Sistema Integrado de Gestión SIG al Director Técnico de Seguimiento y Mejoramiento de Procesos, cuyas responsabilidades serán:

a) Liderar el desarrollo, implementación, seguimiento y mejoramiento del Sistema Integrado de Gestión - SIG;

b) Informar periódicamente a la alta dirección, sobre el desempeño del Sistema Integrado de Gestión - SIG.

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ARTÍCULO 11. EQUIPO DE GESTORES SIG Y RESPONSABILIDADES. El Equipo de Gestores del Sistema Integrado de Gestión, estará constituido por un grupo de servidores de la entidad, en el cual tendrán representatividad todas las dependencias de la UGPP, quienes tendrán como responsabilidades las siguientes:

a) Apoyar a los servidores de las áreas en la identificación de mejoramiento continuo de los procesos y la mitigación de riesgos de los mismos;

b) Apoyar la divulgación y capacitación de los procesos, estrategias y políticas que soportan el Sistema Integrado de Gestión - SIG;

c) Acompañar y orientar la actualización de los mapas de riesgo de cada uno de los procesos estratégicos, misionales y de apoyo;

d) Impulsar la cultura de la medición, análisis y reporte de indicadores;

e) Coordinar la formulación y ejecución de planes de mejoramiento, así como verificar su cumplimiento.

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ARTÍCULO 12. GRUPO EVALUADOR DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Y RESPONSABILIDADES. El Grupo Evaluador del SIG estará integrado por el Director de Estrategia y Evaluación, el Asesor del Director General en materia de Control Interno, los gestores SIG y el grupo auditores o quien haga sus veces, quienes realizan las auditorías internas que determinan el nivel de conformidad del Sistema Integrado de Gestión de la UGPP con los requisitos de los modelos referenciales aplicables.

El Asesor de la Dirección General en materia de Control Interno tendrá bajo su responsabilidad la evaluación independiente del desarrollo, implementación, mantenimiento y mejoramiento del Sistema Integrado de Gestión y deberá presentar al Comité de Coordinación del SIG el plan de auditorías para su aprobación respectiva.

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ARTÍCULO 13. ACTA DE COMPROMISO. El Equipo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social - UGPP, se compromete desde ya con el desarrollo, implementación y mejoramiento del SIG de la entidad y como constancia de este compromiso suscribirá la respectiva acta, la cual será renovable anualmente.

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ARTÍCULO 14. VIGENCIA. El contenido de la presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada Bogotá, D. C., a 29 de diciembre de 2010.

La Directora General,

MARÍA CRISTINA GLORIA INÉS CORTÉS ARANGO.

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